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VIDRIO

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO N°180/91

Buenos Aires 15 Noviembre 1991
Señor Presidente de la
Comisión Negociadora
D. Luis Emir Benítez
S / D
De nuestra mayor consideración:
Los que suscriben, en nombre y representación
del Sindicato Obrero de la Industria del Vidrio y Afines (SOIVA), de la Cámara de
Fabricantes de Vidrio, de la Unión de Industriales del Vidrio de la República
Argentina, de la Cámara del Vidrio Plano y sus Manufacturas, de la Cámara
Argentina de Industrias Opticas y de la Cámara Industrial del Vidrio al Soplete, nos
dirigimos al señor Presidente y respetuosamente decimos:
Con el presente acompañamos el ejemplar del convenio
colectivo que hemos acordado en el marco de la comisión negociadora para
renovar y sustituir el N° 33/89.
Señalamos al señor Presidente que el convenio
adjunto no se refiere a la regulación económica salarial, que fue pactada por acta
de fecha 7 de octubre de 1991 cuya vigencia se ratifica íntegramente. En
consecuencia, la cuestión salarial se rige hasta el 31.1.92 por el mencionado
acuerdo que se celebró en los términos del decreto 1334/91.
Saludamos al señor Presidente muy atentamente.
CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJO
ARTICULO 1° - VIGENCIA
La presente Convención Colectiva regirá a partir de la homologación del Ministerio
de Trabajo de la Nación y su vigencia se extenderá hasta el 31 de marzo de 1993.
ARTICULO 2° - AMBITO DE APLICACIÓN
Todo el territorio de la República Argentina.-
ARTICULO 3°- PERSONAL COMPRENDIDO
El presente Convenio regirá íntegramente para la Industria del Vidrio y Afines, en
todo el territorio de la República Argentina donde exista una fábrica o taller que
fabrique y/o funda y/o manipule y/o transforme vidrio o cristales en cualquiera de
sus formas.-
Los operarios/as que presten servicios eventuales por empresas reconocidas al
efecto, quedarán encuadrados en el ámbito material y personal del presente
convenio y no podrán sufrir disminuciones en jornales y premios con relación al
personal del establecimiento.-
En todos los casos las empresas o personas jurídicas prestadoras de servicios
eventuales deberán estar reconocidas e inscriptas por autoridad de aplicación que
corresponda.
Los aportes y contribuciones se canalizarán a través de los organismos
correspondientes para la industria del vidrio (ISSPIVA Y SOIVA).
ARTICULO 4° - CLASIFICACION POR CATEGORÍAS DE LAS TAREAS DE
LA INDUSTRIA DEL VIDRIO Y RAMAS AFINES
Al efecto de la aplicación de los jornales básicos, premio a la mayor y mejor
producción y las disposiciones de la presente Convención Colectiva de Trabajo, se
clasifica a todo el personal de la Industria del Vidrio y Ramas Afines en las
siguientes categorías, según tareas que realizan:
RAMA INDUSTRIA MADRE
PERSONAL MAYOR DE AMBOS SEXOS
CATEGORÍA N°1
Peón tareas generales sin especialidad alguna hasta 60 días efectivamente
trabajados desde su ingreso.-
SECCION FABRICACIÓN AUTOMATICA
CATEGORÍA N°3
Peón.-
CATEGORÍA N°7
Ayudante maquinista.-
CATEGORIA N°10
Maquinista de 3ra. ( Relevo)
CATEGORÍA N°12
Maquinista de 2da. -
CATEGORÍA N° 13
Maquinista de 1ra. -
Para acceder a esta categoría es necesario rendir un exámen teórico y/o práctico
de acuerdo a las modalidades de cada empresa.-
CATEGORÍA N° 14
Maquinista de 1ra.
Para acceder a esta categoría es necesario rendir un exámen teórico y/o práctico
de acuerdo a las modalidades de cada empresa.-
CATEGORÍA N°15
Maestro operador.-
Se desempeñará un operario de esta categoría cada tres máquinas automáticas
o fracción en funcionamiento.-
Maestro líder.-
Se desempeñará un operario de esta categoría por turno de trabajo.-
SECCION FUNDICIÓN DE VIDRIO
CATEGORIA N°3
Ayudante enfornador.-
CATEGORÍA N°6
Ayudante foguista.-
CATEGORÍA N°7
Enfornador.-
CATEGORÍA N°12
Foguista. -
CATEGORÍA N° 14
Maestro foguista.-
SECCION COMPOSICIÓN
CATEGORÍA N°3
Peón lavado y apartado de vidrio.-
CATEGORÍA N°4
Peón molienda de vidrio.-
Balancero de vidrio.-
Balancero de composición gruesa (arena, soda, etc.)
CATEGORÍA N°5
Malacatero.-
CATEGORÍA N°6
Balancero composición gruesa y fina ( mistura). -
CATEGORÍA N°8
Ensilador molinero.-
Ayudante programador.-
CATEGORÍA N°9
Ensilador.-
Programador.-
CATEGORÍA N°11
Operador.-
CATEGORÍA N°14
Maestro operador.-
SECCION SERVICIOS DE MOLDES
CATEGORÍA N°3
Peón.-
CATEGORÍA N°12
Oficial reparador.-
CATEGORÍA N° 14
Maestro reparador.-
Maestro preparador.-
CATEGORÍA N°15
Maestro líder.-
SECCION MOLDERIA (VIDRIO HUECO)
CATEGORÍA N°3
Ayudante moldero limpieza y pintura.-
CATEGORÍA N°4
Pañolero.-
CATEGORÍA N°6
Medio oficial pulidor.-
Medio oficial cromador.-
Medio oficial tornero.-
Medio oficial ajustador.-
Medio oficial rectificador.-
Lavador de moldes a soplete.-
Cortador de moldes.-
Medio oficial grabador.-
Medio oficial cincelador.-
Medio oficial modelador.-
CATEGORÍA N° 10
Oficial colocador de moldes.-
Oficial pulidor.-
CATEGORÍA N°12
Oficial cromador.-
Oficial fresador.-
Oficial rectificador.-
CATEGORÍA N° 13
Oficial tornero.-
Oficial ajustador.-
Oficial grabador.-
Oficial cincelador.-
Oficial modelista.-
CATEGORÍA N° 14
Maestro tornero.-
Maestro ajustador.-
Maestro inspector.-
Maestro grabador.-
Maestro modelista.-
CATEGORÍA N° 15
Maestro cincelador.-
SECCION TALLER ELECTRICO
CATEGORÍA N° 2
Peón ayudante electricista.-
CATEGORÍA N°6
Medio oficial electricista.-
CATEGORÍA N°7
Medio oficial electricista de guardia.-
CATEGORÍA N°8
Electricista relevo.-
CATEGORÍA N° 12
Oficial electricista.-
Oficial electricista de guardia.-
CATEGORÍA N°13
Oficial electricista de guardia (realiza tareas propias de la guardia y tareas
programadas). -
SECCION TALLER MECANICO
CATEGORÍA N°2
Ayudantes.-
CATEGORIA N°3
Engrasador.-
CATEGORÍA N°4
Pañolero.-
CATEGORÍA N°6
Medio oficial soldador eléctrico.-
Medio oficial soldador autógena.-
Medio oficial herrero.-
Medio oficial mecánico.-
Medio oficial plomero.-
Medio oficial cañista.-
CATEGORÍA N° 7
Medio oficial mecánico de guardia.-
CATEGORÍA N° 8
Pintor.-
Techista.-
CATEGORÍA N°9
Herrero
Plomero.-
Cloaquísta.-
CATEGORÍA N°12
Oficial cañista.-
Oficial mecánico.-
Oficial soldador autógena.-
CATEGORÍA N°13
Oficial mecánico de guardia (realiza tareas propias de la guardia y tareas
programadas). -
Oficial Tornero.-
Oficial fresador.-
Oficial rectificador.-
Oficial soldador eléctrico.-
CATEGORÍA N°14
Maestro mecánico.-
CATEGORÍA N°15
Maestro Líder.-
SECCIÓN REVISACION
CATEGORÍA N°3
Armador y pegador de cajas.-
CATEGORÍA N°4
Abrochador a máquina de cajas. -
Operador pistola de termocontraíble.-
CATEGORÍA N° 5
Revisor (con más de ½ hora de descanso diario)
CATEGORÍA N°6
Operador de equipo termocontraíble.-
CATEGORÍA N°7
Revisado (con hasta ½ hora de descanso diario). -
Operador equipo paletizado automático.-
CATEGORÍA N°9
Operario especializado en control de especificaciones técnicas.-
Realiza choque térmico, controla espesor de paredes, control de presión, cocina
(temperatura), prueba de calibres, caída libre y toda otra especificación técnica
requerida por el producto.-
CATEGORÍA N°11
Operador máquinas revisación automática.-
CATEGORÍA N° 12
Mecánico máquinas revisación automática.-
SECCION ALBAÑILERÍA
CATEGORÍA N°2
Peón albañil.-
CATEGORÍA N°6
Medio oficial albañil.-
Medio oficial fumista.-
CATEGORÍA N°9
Oficial albañil.-
CATEGORÍA N°12
Oficial fumista.-
CATEGORÍA N° 14
Maestro fumista.-
SECCION CARPINTERÍA
CATEGORÍA N°3
Reparador de cajones y paletas.-
CATEGORÍA N°5
Cortadores.-
CATEGORÍA N°6
Medio oficial carpintero.-
CATEGORÍA N°11
Oficial carpintero.-
CATEGORÍA N°12
Oficial modelista.-
CATEGORÍA N°14
Maestro modelista. –
CATEGORIA N° 15
Maestro líder. –
SECCION REFRACTARIOS
CATEGORÍA N° 3
Operario colador de yesos varios.-
Amasador de pastas.-
Operario de esmalte retoque.-
CATEGORÍA N°5
Cargadores de horno.-
CATEGORÍA N°7. -
Medio oficial de refractarios.-
CATEGORÍA N°10
Oficial de refractarios.-
CATEGORÍA N°14
Maestro de refractarios.-
CATEGORÍA N°15
Maestro líder.-
SECCION CRISOLERIA
CATEGORÍA N°2
Peón crisolero y hornalista.-
CATEGORÍA N°6
Medio oficial crisolero.-

CATEGORÍA N°7
Medio oficial hornalista.-
CATEGORÍA N°10
Oficial crisolero.-
CATEGORÍA N°12
Oficial crisolero con reparación de materiales a su cargo.-
SECCION TALLER AUTOMOTORES.-
CATEGORÍA N°5
Engrasador.-
Lavador.-
Reparador neumáticos.-
CATEGORÍA N°11
Mecánico de automotores.-
CATEGORÍA N°13
Oficial mecánico y eléctrico de automotores.-
CATEGORÍA N°14
Maestro mecánico y eléctrico de automotores.-
SECCION DECORADO
CATEGORÍA N°3
Peón decorado.-
CATEGORÍA N°7
Seleccionador de decorado.-
Colocador de calcos.-
Controlador boca de archa.-
CATEGORÍA N°10
Armador de esténcil o screen.-
Maquinista (máquinas Kalin, Decormec, o similares). -
CATEGORÍA N°12
Dibujante de películas.-
Fotógrafo de esténcil o Screen.-
Maquinista(máquinas Strutz, Marx 5 o similares). -
CATEGORÍA N°14
Maestro preparador de máquinas.-
SECCION USINA.-
CATEGORÍA N°7
Ayudante maquinista motores diesel.-
Operario atención compresores eléctricos.-
CATEGORÍA N°12
Operario atención compresores a explosión.-
CATEGORÍA N°13
Mecánico diesel.-
Oficial de guardia usina eléctrica.-
CATEGORÍA N°14
Maquinista diesel.-
CATEGORÍA N° 15
Oficial mecánico diesel.-
SECCION EXPEDICIÓN
CATEGORÍA N°3
Apartador de mercadería.-
CATEGORÍA N°6
Cargador o clasificador de pedidos.-
CATEGORÍA N°10
Oficial de carga.-
SECCION CONDUCTORES
CATEGORÍA N°3
Ayudantes de conductores de camión.-
Acompañantes de conductores de camión.-
CATEGORÍA N°6
Conductor de camionetas (hasta 3500 kg.). -
CATEGORÍA N°8
Chofer interno.-
CATEGORÍA N°9
Operador de pala mecánica.-
CATEGORÍA N°10
Chofer interno de camión con acoplado o semirremolque.-
CATEGORÍA N°12
Chofer externo de camión.-
CATEGORÍA N°14
Chofer externo de camión con acoplado o semirremolque.-
SECCION ESTIRADO DE TUBOS
CATEGORÍA N°7
Revisor. -
CATEGORÍA N°9
Revisador relevo de operador.-
CATEGORÍA N°12
Operador.-
PERSONAL MENOR DE AMBOS SEXOS
CATEGORÍA N°1
Fabricación: personal no especializado (6 horas). -
CATEGORÍA N°2
Mecánica : aprendices (6 horas)
CATEGORÍA N°3
Decoración: aprendices.-
Talladura : aprendices.-
Afiladura : aprendices. Platinadores de globos y escuadrado de tubos.-
CATEGORÍA N°4
Mecánica: egresados de Escuelas Técnicas y/o incorporadas (6 horas). -
CATEGORÍA N°5
Fabricación a mano: sacadores de pie, pierna y cordonero, apuntillador,
recalentador y tenedor de colate. Sacadores de manijas. Colateros de vasos y
tubos. Destacadores de plaza a mano.-
CATEGORÍA N°6
Fabricación a mano: sacadores de artículos no especializados. Sacadores de
tubos, vasos, termos, frascos, ampollas, aparezón y lámparas.-
Fabricación a máquina: destacadores. Ayudantes de prensa. Levantadores y
picadores.-
CATEGORÍA N°7
Fabricación a máquina: destacadores que hacen una y una.-
RAMA FABRICACIÓN A MANO Y/O ARTESANAL
SECCION FABRICACIÓN
CATEGORÍA N°1
Portadores al archa.
Molderos.
Pasadores de cañas.
Peones en general.
CATEGORÍA N°2
Destacadores piezas chicas y medianas.
Destacadores de colates chicos y medianos.
Tenedores de colates chicos y medianos.
CATEGORÍA N°3
Sacadores de pie.
Apuntinadores y recalentadores piezas pequeñas y medianas.-
Destacadores de piezas grandes.-
Armador de arañas y ventiladores.-
CATEGORÍA N°4
Sacadores de pie y pierna comunes.-
Sacadores de manijas pequeñas.-
Apuntinadores de piezas grandes.-
Cortadores a gas en caliente de piezas chicas.-
CATEGORÍA N°5
Sacadores de pie y pierna de todo tipo.-
Sacadores de pie y pierna especiales con superior exigencia de calidad.-
Sacadores de manijas para piezas medianas y grandes de todo tipo y tamaño.-
Sacadores de cordones.-
Sacadores parea pisapapeles y artículos de adorno de todo tipo.-
Colateros de vasos y copas corrientes en todo tipo de vidrio.-
CATEGORÍA N°6
Colateros de vasos y copas especiales en todo tipo de vidrio.-
Colateros de tubos, plafones, tulipas medianas y pequeñas en cualquier tipo de
vidrio.-
Recalentadores de piezas grandes.-
Festoneadores en todo tipo de vidrio.-
CATEGORÍA N° 7
Cortadores a gas en caliente de piezas grandes.-
Camiseros piezas chicas en cualquier tipo vidrio y procedimiento.
CATEGORÍA N° 8
Colateros que además de lo expresado en la CATEGORÍA N°6 realicen colates
de piezas grandes de todo tipo, tamaño, forma y procedimiento, en todo tipo de
vidrio.
CATEGORÍA N°9
Camiseros de piezas medianas en cualquier tipo de vidrio y procedimiento.-
Sopladores recién promovidos de copas y vasos.-
Sopladores recién promovidos de tubos, plafones y piezas varias de tamaño
chico.-
Sacadores de parezón vasos y copas.-
Para acceder a las categorías superiores tendrán que lograr una capacidad
productiva en cuanto a cantidad y calidad se refiere.-
CATEGORIA N°10
Sacadores y Preparadores en su primera fase de pisapapeles y adornos
fabricados en forma manual o con morras, en todo tipo de vidrios y colores en
procedimiento no soplado. Deben además saber realizar las tareas de categorías
inferiores.-
CATEGORÍA N°11
Sopladores de vasos y copas de forma y pesos corrientes.-
Pierneros y pieceros que realicen producciones corrientes a nivel especializado
con las exigencias especificadas anteriormente más un grado de perfección que
les permite realizar producciones de mayor calidad, en todo tipo de material y
procedimiento.
Camiseros de piezas grandes en cualquier tipo de vidrio y procedimiento.
CATEGORÍA N°12
Sopladores de vasos y copas de todas formas, tipos de colores y calidad de vidrio.
Sopladores de tubos, plafones y todo tipo de piezas de forma y tamaño mediano.
Operadores de máquinas inyectables para pierna y pie.
Pierneros y pieceros que realicen producciones a nivel especializado a mano o
con piezas y/o morras.
Abridores en caliente de artículos sin manija y de iluminación de tamaño chico. Se
entiende en todo tipo de procedimiento.
CATEGORÍA N°13
Pierneros y pieceros que realicen cualquier tipo de pie y pierna con pinzas o a
mano.-
Operadores de máquinas inyectables.-
Sopladores de botellones, plafones y jarras de cualquier tipo de piezas grandes de
forma simple hasta 6 Kg. de peso total.
Abridores en caliente de jarras.-
Abridores en caliente de piezas de iluminación de forma y tamaño mediano (hasta
50 cm. de diámetro). Se entiende en todo tipo de vidrio y/o colores combinados.-
Además deberán tener capacidad de mantenimiento y preparación de los
elementos necesarios y capacidad de transmitir sus conocimientos a las
categorías inferiores.
CATEGORÍA N°14
Sopladores que además de realizar lo expresado en la CATEGORÍA N° 13
realicen piezas pesadas de todo tamaño, diseño, forma y procedimiento.-
Realizadores de pisapapeles y adornos en cualquier tamaño, forma y color,
fabricados a mano o con morras.
Abridores en caliente de piezas de iluminación de forma y tamaño grande
( más de 50 cm. de diámetro).
Se entiende en todo tipo de vidrio y/o colores combinados. Los oficiales incluidos
en esta categoría también deberán saber instruir a las categorías inferiores.
CATEGORIA N°15
Maestro vidriero, debe saber realizar cualquier trabajo relacionado con la
fabricación artística en cualquier tipo de vidrio y procedimiento.
Deberá enseñar sus conocimientos a las categorías inferiores.
NOTA:
A las categorías N° 9 en delante de la Sección Fabricación exclusivamente se les
establecerá un adicional por especialidad en la Rama Fabricación a Mano y/o
Artesanal, según la siguiente escala:
CATEGORÍA N°9 - Adicional 10%
CATEGORÍA N°10- Adicional 11%
CATEGORÍA N°11- Adicional 14%
CATEGORÍA N°12- Adicional 16%
CATEGORÍA N°13- Adicional 20%
CATEGORÍA N°14- Adicional 25%
CATEGORÍA N°15- Adicional 30%
NOTA:
Porcentajes que se aplicarán sobre el total del jornal y premios diarios.-
SECCION TALLADURA
CATEGORÍA N°1
Peón tareas generales sin especialidad alguna.-
Aprendices.-
(Personal que comienza su aprendizaje en la sección hasta 60 días efectivamente
trabajados desde su ingreso). -
CATEGORÍA N°3
Rebarbador de tapones.-
Marcador de guía.-
CATEGORÍA N°4
Lustradores.-
CATEGORÍA N°6
Medio oficial tallador.-
CATEGORÍA N°9
Grabador a mano.-
Oficial tallador de 2da. -
Oficial facetador.-
CATEGORÍA N°11
Oficial tallador de 1ra. -
CATEGORÍA N°13
Oficial grabador a la piedra y rueda de cobre.-
SECCION AFILADURA
CATEGORÍA N°1
Peón general.-
Aprendices.-
Personal que comienza su aprendizaje en la sección hasta 60 días de su ingreso.-
CATEGORIA N°4
Semiespecializado en tareas de corte y terminación bordes a gas, diamante o
piedra, requemado, pulido, lustrado y despuntillado. Se entiende en piezas chicas,
medianas y grandes y cualquier tipo de vidrio, color o encamisado.
CATEGORÍA N°6
Especializado en algunas de las tareas de la CATEGORÍA N°4 y terminación de
borde afuera y adentro con conos o bandas, diamante o piedra; platinado y pulido.
Lavar y preparar el polvo de esmeril o arena correctamente sin la intervención de
categorías superiores. Se entiende en cualquier tamaño de pieza y calidad de
vidrio.
CATEGORÍA N° 9
Especializado en todas las tareas de corte y terminación de bordes, además de
todas las tareas de las categorías inferiores. Debe tener suficiente capacidad para
superar, en calidad y cantidad a las categorías inferiores.
Se entiende en cualquier tamaño de piezas y calidad de vidrio.
CATEGORÍA N°11
Oficial de afiladura. Debe conocer todas y cada una de las tareas de la sección sin
necesidad de dirección alguna; saber transmitir sus conocimientos y técnicas a las
categorías inferiores; tener capacidad para preparar y mantener los elementos
necesarios para su trabajo en condiciones. Debe lograr una mayor productividad
en cuanto a calidad y cantidad respecto de las categorías inferiores. Se entiende
en cualquier tamaño de piezas y calidad de vidrio.
SECCION OPACADO, PULIDO AL ACIDO Y DECORADO
CATEGORÍA N°1
Aprendiz.
Peón general.
Personal que comienza su aprendizaje en la sección hasta 60 días de su ingreso.
CATEGORÍA N°2
Aprendiz adelantado.
CATEGORÍA N°4
Colocadores de pasta para decoración en dibujos y formas simples.
Fileteadores.
CATEGORÍA N°6
Colocadores de pasta para decoración en dibujos y formas varias y complejas.
Revisadores.
Grabadores a la arena.
Satinadores.
CATEGORÍA N°9
Oficial decorador con pasta. Debe interpretar dibujos sobre piezas de acuerdo a
fotos o dibujos presentados.
Oficial grabador a la arena. Debe conocer e interpretar cada una de las técnicas
del grabado sin necesidad de supervisión y/o enseñanza.-
CATEGORÍA N°11
Oficial satinador. Debe conocer todas las técnicas del satinado, frío o caliente,
como así también preparar las soluciones y conocer la recuperación de dichos
baños.
COMPLEMENTO ASIGNACIONES TAREAS VARIAS DE LA RAMA
FABRICACIÓN A MANO Y/O ARTESANAL
Sección crisolería: El operario que tenga a su cuidado hornos para cocción de
materiales percibirá cuando realice esa tarea, una bonificación del 1% del jornal y
premio de la CATEGORÍA N°1 por día. El que tuviera beneficios mayores seguirá
percibiéndolos.-
Sección fabricación a mano: Los colateros de damajuanas, cuando hicieran
colates de damajuanas de 20 y 25 litros percibirán un suplemento del 2% del jornal
y premio de la CATEGORÍA N° 1 por día.-
Oficiales vidrio térmico: Cuando los “Oficiales de fabricación “ sean ocupados
como “ Oficiales de vidrio térmico”, percibirán mientras realizan esta tarea un
adicional del 5% del jornal y premio de la CATEGORÍA N°1 por día. Al dejar de
realizarla seguirán percibiendo el jornal establecido para los “ Oficiales de
fabricación “. -
Archeros: Los archeros de archa fija, percibirán un 1% del jornal y premio de la
CATEGORÍA N°1 por día más que la escala fijada para los archeros y los
archeros colocadores, por día.-
Asignaciones oficiales de fabricación de gran plaza y plaza de bomba:
Cuando los oficiales de fabricación sean ocupados como soplador y abridor de
gran plaza y/o plaza de bombas en vidrio que no sea “térmico” percibirán mientras
realizan esta tarea un adicional del 5% del jornal y premio de la CATEGORÍA N°1
por día.-

RAMA FABRICACIÓN A MAQUINA
CATEGORIA N°1
Peón tareas generales sin especialidad alguna hasta 60 días efectivamente
trabajados desde su ingreso.
CATEGORÍA N° 3
Portador al archa.
Archer.
Requemador.
Levantador.
CATEGORÍA N°4
Aprendiz destacador de piezas chicas y medianas.
Tiene que conocer las tareas de las categorías inferiores.
Siguiendo instrucciones del personal responsable y sin entorpecer el ritmo
establecido para la máquina, tendrá que desprender el vidrio prensado en la matriz
conservando el estado de los moldes en perfectas condiciones.
Para acceder a la categoría superior tendrá que lograr una óptima capacidad
productiva.
CATEGORÍA N°5
Revisor de muflas.
CATEGORÍA N°7
Destacador semiautomática.
Ayudante de prensa.
Picador.
CATEGORÍA N°8
Aprendiz prensista o sacador.
Personal que habiendo pasado por las categorías anteriores y con conocimiento
previo en el uso de los elementos que hacen a los oficios de prensista o sacador
se asigna, de haber disponibilidad temporaria o definitiva, a los puestos
antedichos como aprendiz, asumiendo la responsabilidad que se necesita hasta
lograr con la experiencia las categorías superiores.
CATEGORÍA N°9
Relevo de Schiller.
Prensista o Sacador de 3ra.
Para acceder a las categorías superiores deberán lograr una capacidad productiva
en cuanto a cantidad y calidad se refiere.
CATEGORÍA N°10
Prensista o Sacador de 2da.
Para acceder a las categorías superiores deberán lograr una capacidad
productiva en cuanto a cantidad y calidad se refiere.
CATEGORÍA N°12
Oficial de fabricación.
Sacador o Maquinista de Schiller.
Sacador o Maquinista sifones.
Sacador o prensista.
Abridor de prensas.
CATEGORÍA N°13
Prensista y sacador.
Operario que puede realizar indistintamente cualquiera de las dos tareas con las
exigencias de la categoría anterior. Se adapta inmediatamente a todo tipo y
tamaño de piezas y al cambio de personal en el equipo.
PREMIO A LA MAYOR Y MEJOR PRODUCCIÓN PARA LA RAMA
FABRICACIÓN A MAQUINA
Escala de Premios a la mayor y mejor producción para el personal mayor de la
Rama Fabricación a Máquina exclusivamente vigente a partir del 1 de noviembre
de 1991 y sujeto a lo estipulado en el Art. N° 39 y concordantes del presente
Convenio Colectivo:
CATEGORÍA N°1 -A- 16.612
“ N°3 “ 17.448
“ N°4 “ 17.952
“ N°5 “ 20.279
“ N°7 “ 29.246
“ N°8 “ 30.985
“ N°9 “ 38.280
“ N°10 “ 40.185
“ N°12 “ 49.212
“ N°13 “ 56.682
RAMA LAMPARAS ELECTRICAS
SECCION FABRICACIÓN DE LAMPARAS
CATEGORIA A
Colocar bulbos a mano.
Colocar masilla en casquillos.
Desembalar y lavar bulbos.
CATEGORÍA B
Montar filamentos.
Colocar casquillos.
Tareas de expedición de 2° en depósito.
Embalar en termocontraíble. Cerrar cajas lámparas fluorescentes.
Tareas en bomba de vacío.
CATEGORÍA C
Hacer pies.
Montar pies.
Culotar.
Armar y soldar pies en mercurio / sodio.
Colocar filamentos en placa línea automotor.
Cargador centrador de lámparas (bilux)
Hacer platillos.
CATEGORIA D
Carga e inspec. en formado, lavado y horno de fluores.
Recuperar pies.
Culotaje y armado en pie perla.
Colocar filamentos y recuperar pies línea automotor.
Pintar y silicar bulbos.
Hacer pies y platillos – FL 8.
Fabricar y controlar bulbos (auto).
Culotar, armar y tareas en bomba de vacío, FL – 2/5.
Hacer platillos, montar y recuperar pies y atender máquina de pie y montaje, FL –
2/5.
Embalaje en líneas BK y BK-FLEX.
CATEGORÍA E
Armado stop y faro.
Fabricación de pies en fluorescente.
Centrado de lámparas (Bilux).
Control final línea automotor.
Embalar lámparas de automotor.
Tareas en sección conductores / filamentos.
Probar y embalar lámparas incandes. , fluores. y desc.
Pie y montaje en líneas de pie perla, stop y faro.
Cargar pies a mano en máquina de soplado.
Puestos de inspección en sellado, vacío y enhebrado línea fluorescente.
Embalar y controlar conductores / filamentos.
Montar, armar y soldar pies en mercurio / sodio FL –8.
Culotar, armar y tareas en bomba De vacío, FL –8.
Pintar tubos para lámparas fluorescente.
CATEGORÍA F
Espejar bulbos.
Clarkista.
Tareas de expedición de 1° en depósito.
Tareas en control de calidad de 2°.
Atender máquina de pie y montaje de grupos de alta tecnología y fluorescentes, y
fabricar platillos.
Atender máquina de enhebrado y prueba.
Puesto de inspección en carga y activación en línea fluorescente.
CATEGORÍA G
Controles de línea, reser. y/o relevo de tareas varias.
Tareas en control de calidad de 1ra.
Personal de pañol / depósito c/ manejo de stock manual.
Operario de laboratorio.
CATEGORÍA H
Personal de pañol / depósito c/ manejo stock computariz.
Controles de línea calificados.
Tareas en control de calidad- Calificados.
CATEGORÍA I
Aprendiz mecánico de línea.
Aprendiz mecánico electricista.
Medio oficial mecánico.
CATEGORÍA J
Control de fotometría – temperatura, vacío y medición de lámparas de descarga.
CATEGORÍA K
Mecánico de línea.
Oficial mecánico múltiple de 1° categoría.
Oficial electricista especializado.
CATEGORÍA L
Maestro mecánico de taller.
Maestro electricista.
Maestro mecánico de producción.
CATEGORÍA M
Especialista en máquina de producción.
CATEGORÍA N
Especialista superior de máquina de producción.
CATEGORÍA O
Maestro especialista de máquinas de producción.
SECCION FABRICACIÓN DE VIDRIO PARA LAMPARAS
CATEGORÍA B
Tareas de expedición de 2da en depósito.
CATEGORÍA E
Embalar bulbos.
CATEGORÍA F
Preparar moldes.
Clarkista.
Tareas de expedición de 1ra en depósito.
Tareas de control de calidad de 2da.
Preparar mezcla en sección vidrio.
CATEGORÍA G
Suplentes y recuperadores.
Personal de pañol / depósito c/ manejo stock manual.
CATEGORÍA H
Tareas en control de calidad de 1ra.
Hornero.
Personal de pañol / depósito c/ manejo de stock computariz.
CATEGORÍA I
Maquinista.
CATEGORÍA K
Oficial mecánico múltiple de 2da categoría.
Oficial electricista especializado.
CATEGORÍA L
Oficial mecánico múltiple de 1ra categoría.
JORNALES BÁSICOS PARA LA RAMA LAMPARAS ELECTRICAS
Escala de jornales básicos para el personal mayor de ambos sexos a partir del 1
de noviembre de 1991:
Valor / hora
CATEGORÍA A -A- 12.283
CATEGORÍA B -A- 12.786
CATEGORÍA C -A- 13.365
CATEGORÍA D -A- 14.354
CATEGORÍA E -A- 14.962
CATEGORÍA F -A- 15.603
CATEGORÍA G -A- 16.765
CATEGORÍA H -A- 17.773
CATEGORÍA I -A- 18.879
CATEGORÍA J -A- 20.225
CATEGORÍA K -A- 21.457
CATEGORÍA L -A- 22.776
CATEGORÍA M -A- 25.506
CATEGORÍA N -A- 28.567
CATEGORÍA O -A- 31.997
Los valores horarios de cada categoría de la escala precedente incluyen en todos
los casos los premios a la mayor y mejor producción.-
RAMA FANTASIAS VARIAS
CATEGORÍA N°1
Aprendiz hasta 60 días efectivamente trabajados desde su ingreso.-
CATEGORÍA N°7
Operario calificado
CATEGORÍA N° 9
Operario especializado (globos, moldes chicos, puntales, etc.). -
CATEGORÍA N°13
Oficial soplador.-
Oficial plateador.-
RAMA REVESTIMIENTO VENECIANO
CATEGORÍA N°1
Peón tareas generales sin especialidad alguna hasta 60 días efectivamente
trabajados desde su ingreso.-
CATEGORÍA N°3
Portador al archa.-
CATEGORÍA N°5
Ferracero.-
CATEGORÍA N°7
Operario de composición. -
Destacador.-
CATEGORÍA N°10
Sacador de vidrio con cucharón.-
Pegador.-
CATEGORÍA N°12
Foguista.-
RAMA PERLAS
CATEGORÍA N°1
Peón tareas generales sin especialidad alguna hasta 60 días efectivamente
trabajados desde su ingreso.-
CATEGORÍA N° 7
Montador y arreglador de tablillas.-
Lavador y/o crivador y/o selector por medida.-
Desmontador de tablillas.-
Limpiador de tablillas a soplete y otras.-
Prensador.-
Armador.-
Separador.-
Desarmador y pegador en caja.-
CATEGORÍA N° 9
Pintor al soplete y/o bañador de fabricación.-
Revisador de prensa.-
RAMA CLASIFICACION DE VIDRIO
CATEGORÍA N°1
Peón tareas generales hasta 60 días efectivamente trabajados desde su ingreso.-
CATEGORÍA N°3
Portador de vidrio.-
CATEGORÍA N°9
Clasificador de vidrio.-
RAMA TERMOS
SECCION COMPOSICIÓN
CATEGORÍA N°4
Operario de composición.-
Operario de materias primas.-
CATEGORÍA N°6
Operario Balancero.-
SECCION FABRICACIÓN MANUAL
CATEGORIA N°3
Portador al archa.-
Sacador de archa.-
CATEGORÍA N°5
Armador y embalador.-
CATEGORÍA N°7
Revisador.-
CATEGORÍA N°8
Plateador.-
Operario de vacío.-
CATEGORÍA N°12
Fondista. -
Boquista.-
Capilar y piquero.-
Reparador.-
CATEGORÍA N°13
Soplador a placa.-
CATEGORÍA N°14
Soplador piezas centrifugadas.-
Soplador de Mayol.-
SECCION FABRICACIÓN AUTOMATICA
CATEGORÍA N°5
Embalador de archa.-
CATEGORÍA N°11
Maquinista 2da.Maq. E.M. 16 o similar.-
CATEGORÍA N°13
Maquinista Máquina E.M. 16 o similar.-
SECCION CORTE EN CALIENTE ( máq. B.O.12 o similar)
CATEGORÍA N°3
Operario descarga de máquina.-
Operario máquina de recocido.-
CATEGORÍA N°6
Operario de carga de máquina.-
CATEGORÍA N°7
Revisador y embalador.-
CATEGORÍA N°8
Operario de control.-
SECCION CORTE EN FRIO
CATEGORÍA N°3
Operario de carga de máquina.-
Operario de descarga de máquina.-
Operario de armado y cerrado de cajas.-
CATEGORÍA N°7
Revisador y embalador.-
SECCION LINEA BLANCA
CATEGORÍA N°2
Peón.-
CATEGORÍA N°5
Operario de carga de máquina implante tubo capilar.-
Embalador.-
CATEGORÍA N°6
Operario de carga de máquina de descalotado.-
Operario de carga de máquina de soldar (S.B.I.). -
CATEGORÍA N°7
Operario de descarga de máquina implante tubo capilar.-
CATEGORÍA N°8
Operario de descarga de máquina de soldar (S.B.I.)
SECCION PLATEADO
CATEGORÍA N°5
Operario de carga de máquina.-
Operario de carga de horno de escurrido.-
Operario de carga de túnel de secado.-
Operario de carga de precalentador de vacío.-
CATEGORÍA N°7
Revisador y embalador.-
CATEGORÍA N°8
Operario de control.-
Operario de carga de máquina de vacío.-
CATEGORÍA N°12
Maquinista línea de Plateado.-
SECCION DECORADO
CATEGORÍA N°3
Portador y sacador de archa.-
CATEGORÍA N°7
Controlador boca de archa.-
Seleccionador de decorado.-
CATEGORÍA N°9
Maquinista.-
DESCRIPCIÓN DE TAREAS RAMA TERMOS
SECCION COMPOSICIÓN
Operario de mat. primas: Transporta los contenedores de materia prima
mezclada desde la sala de composición hasta la playa de contenedores que
aguardan ser enfornadas.-
Transporta en carros la materia prima que va a formar parte de la composición,
desde donde se encuentra depositada hasta la báscula de pesaje.-
Operario de composición: Transporta en carros la materia prima que va a formar
parte de la composición desde donde se hallare depositada hasta la báscula de
pesaje.-
Mantiene el orden y la limpieza del sector.-
Operario balancero: Realiza el control del pesaje de cada uno de los
componentes de la composición de acuerdo a las instrucciones impartidas.-
Efectúa la carga de dichos componentes a la máquina mezcladora. Pone en
marcha la máquina mezcladora y descarga de dicha máquina los componentes
mezclados.-
SECCION FABRICACIÓN AUTOMATICA
Embalador de archa: Retirará los carros con desecho de vidrio proveniente de la
máquina, llevándolos al depósito de vidrio.-
Retirará los carros con desecho de vidrio proveniente de la punta de Archa
llevándolos al deposito de vidrio.-
Preparará el material de embalaje a ser utilizado en su turno y en la primera hora
del turno siguiente.-
Cerrará, etiquetará y armará los pallets de cajas terminadas.-
Mantendrá en perfectas condiciones de orden y aseo la plataforma de trabajo de la
máquina, debajo de ella y sus alrededores, así como también el sector de
embalaje, externos de Archa, sus plataformas y alrededores.-
Tomará las ampollas de la malla de Archa, las revisará y clasificará para luego
embalarlas según las instrucciones impartidas, comunicando a su superior de los
defectos mayoritarios que vayan encontrando en el transcurso de la jornada.-
Alternará la tarea antes descriptas con otro operario bajo el régimen 2 horas sí, 2
horas no.-
Maquinista máquina E.M. 16 o similar: Mide el largo de la paraison e informa.-
Mide el peso de la ampolla y del anillo sobrante e informa.-
Extrae muestras de 16 ampollas, calibrándolas y volcando los valores obtenidos
en una planilla informa a su superior inmediato de los cambios registrados cada 15
minutos.-
Velará por el buen conservamiento de los moldes, procediendo a su cambio
cuando su superior lo indique.-
Es responsable de alimentar con contenedores de materia prima al enfornador del
horno.-
Vigilará que los instrumentos de control de temperatura, presiones, consumo de
gas y nivel de vidrio indiquen los valores prefijados, avisando de inmediato a su
superior ante un desvío de los mismos.-
Realizará la lubricación de la máquina.-
Participará de las tareas de mantenimiento y cambios de modelo.-
Vigilará por el buen estado de la cinta transportadora de ampollas al Archa y
cuidará del buen ingreso de éstas al Archa.-
SECCION CORTE EN CALIENTE ( Máq. B.O.12 o similar)
Operario de descarga de máquina: Efectúa la operación de descarga de la
máquina de corte B.O.12 y de carga de la máquina de recocido.-
Operario de máquina de recocido: Realiza la operación de descarga de la máquina
de recocido.-
Operario de carga de máquina: Efectúa la operación de carga de la máquina
tomando ampollas de la caja en la cual se encuentran estas y las coloca en una
máquina de precaldeo, al mismo tiempo retira ampollas de esta máquina y las
coloca en la máquina de corte B.O.12.-
Operario de revisación y embalaje: Lleva a cabo la tarea de revisación y
embalaje de los artículos cortados. Realiza la tarea de armado de las cajas
necesarias según cada producto a embalar y en la cantidad suficiente para cubrir
las necesidades de un turno.-
Operario de control: Hace la regulación de juegos de las máquinas de precaldeo
de la B.O.12 y de la máquina de recocido de acuerdo a las indicaciones de la
supervisión.-
Lleva el control sobre la planilla de control operativo de esta máquina.-
Abastece al operario cargador con cajas llenas de ampollas.-
Retira los recipientes con calotas provenientes de la máquina B.O.12.-
Mantiene la limpieza y el orden del área.-
Participa de las tareas de mantenimiento y cambios de modelo de la máquina.-
SECCION CORTE EN FRIO
Operario de carga de máquina: Efectúa la operación de carga de la máquina
tomando ampollas de la caja en la cual se encuentran embaladas y las ubica
sobre la cadena de alimentación de la máquina.-
Operario de descarga de máquina: Realiza la operación de descarga de la
máquina con una pinza especial; tomando los artículos cortados de la cadena de
descarga de la máquina y los ubica en las bandejas de enfriamiento.-
Operario de armado y cerrado de cajas: Realiza la tarea de armado de cajas
según el producto a embalar y en cantidad suficiente para cubrir las necesidades
de un turno de trabajo.-
Retira los recipientes con calotas provenientes de la máquina.-
Abastece con cajas llenas de ampollas al cargador de la máquina.-
Desarma las cajas apilándolas y atándolas.-
Realiza la tarea de cierre y encintado de cajas llenas que así lo requieran.-
Arma los pallets de cajas llenas. Mantiene la limpieza y el orden del sector.-
Operario de revisación y embalaje: Lleva a cabo la tarea de revisación y
embalaje de los artículos cortados, tomando productos de las bandejas de
enfriamiento y luego de efectuarles una revisación ocular, embala las piezas
buenas en una caja apartando las consideradas defectuosas, según las
instrucciones impartidas.-

SECCION TERMOS LINEA BLANCA
Operario de carga máq. implantación tubo capilar: Realiza la tarea de carga de
la ampolla externa del termo a la máquina.-
Operario carga máq, de descalotado y campana: Lleva a cabo la tarea de
cargar la máquina con ampollas interiores, descargando a su vez las ampollas
descalotadas y con la pestaña o “ flare” realizada.-
Operario carga máq. de soldar: Realiza la tarea de cargar la máquina de soldar
(S.B.I.) con ampollas exteriores e interiores.-
Operario descarga máq. Implantación tubo capilar: Efectúa la tarea de
descarga de la ampolla externa con el tubo capilar implantado, cargando a la vez
un nuevo tubo capilar.-
Operario descarga máq. de soldar: Realiza la tarea de descargar de la máquina
de soldar (S.B.I.) la botella blanca terminada.-
Peón de línea blanca: Retira los recipientes con calotas provenientes de las
máquinas.-
Abastece con cajas llenas de ampollas a las máquinas de implantación de tubo
capilar y de descalotado y campana.-
Desarma las cajas vacías, apilándolas y atándolas sobre pallets.-
Transporta los pallets de botellas blancas a las líneas de Plateado.-
Mantiene la limpieza y orden del sector.-
SECCION TERMOS LINEA DE PLATEADO
Operario carga de máquina: Realiza la carga de la primer máquina de la línea
con botellas blancas. Una vez procesadas las retira y carga con las mismas la
máquina roladora de la segunda posición de la línea.-
Operario carga horno de escurrido: Toma las botellas que va entregando la
máquina roladora y alimenta con ellas la tercer máquina de la línea. Una vez
procesadas en esta última máquina descarga las mismas, alimentando la cadena
del horno de escurrido.-
Operario carga túnel de secado: La tarea consiste en retirar las botellas de la
cadena del horno de escurrido y cargar con ellas el túnel de secado.-
Operario carga precalentador de vacío: Toma las botellas que salen del túnel de
secado y carga con ellas la cadena del precalentador de vacío.-
Operario carga de máq. de vacío: Toma las botellas del precalentador de vacío y
con las mismas carga la máquina de vacío.-
Descarga las botellas de la máquina de vacío y las vuelve a colocar sobre la
cadena del precalentador.-
Operario de revisación y embalaje: Descarga las botellas del precalentador,
realiza la revisación de las mismas embalando en cajones o cajas las
consideradas buenas y apartando las malas.-
Con los cajones o cajas llenas arma los pallets que se enviarán a la prueba final.-
Operario control: Fabrica agua desionizada cuando sea necesario siendo
además el encargado de su atención.-
Prepara las soluciones de cloruro estañoso, nitrato de plata y precipitantes.-
Mantendrá limpios los recipientes de agua desionizada.-
Vigilará el correcto funcionamiento del dosificador de nitrato y precipitante.-
Vigilará el correcto funcionamiento de las máquinas componentes de la línea
avisando a la supervisión cuando detecte anomalías en las mismas.-
Confeccionará y llevará control del proceso mediante las planillas destinadas a tal
fin.-
RAMA MANUFACTURA DEL VIDRIO PLANO Y BISELADO
CATEGORÍA N°2
Peón tareas generales sin especialidad alguna hasta 60 días efectivamente
trabajados desde su ingreso.-
MATERIA PRIMA
CATEGORÍA N°4
Peón materia prima.
a) Movimiento del vidrio en general.
b) Clasificación del vidrio por dimensión y espesor.
CATEGORÍA N°5
Operario materia prima.
a) Las tareas de categoría 4.
b) Conocimiento de la ubicación de los distintos tipos del vidrio por calidad y
dimensión.
CATEGORÍA N°6
Operario calificado materia prima.
a)Las tareas de las categorías 4 y 5.
c) Manejo del puente grúa.
EXPEDICIÓN
CATEGORÍA N° 5
Operario de expedición.-
a) Armado y clavado de cajones.-
b) Conocimiento del estibaje del vidrio en cajones, según medidas y
espesores.
CATEGORÍA N°7
Operario especializado en expedición.
a) Las tareas de la categoría 5.
b) Conductor de autoelevadores.
CORTE
CATEGORÍA N°6
Operario corte.
a) Piezas pequeñas rectangulares, estantes, heladeras, aireadores, etc.
b) Piezas de forma con molde patrón.-
c) Conocimiento del mejor aprovechamiento de la materia prima según
calidad.-
CATEGORÍA N°8
Operario calificado corte.
a) Las tareas de la categoría 6.
b) Corte de vidrio para obras.
c) Todo tipo de vidrios y cristales hasta 8 mm de espesor.
d) Conocimiento de las tolerancias de espesor de los distintos vidrios y manejo
del herramental de medición.
CATEGORÍA N° 12
Operario especializado corte.
a) Las tareas de las categorías 6 y 8.
b) Cortar todo tipo de vidrios y cristales de cualquier espesor.
c) Definir de acuerdo a plano la plantilla de corte.-
d) Saber cortar a pulso.
e) Determinar los descuentos de medidas por vidrio según posterior
procesado.
CATEGORÍA N°14
Operario especializado en corte para taller.
a) Las tareas de la s categorías 6, 8 y 12.
b) Conocimiento de figuras geométricas y su desarrollo.
c) Total conocimiento de los cortes a pulso o con maquinaria automática o
semiautomática.
d) Cortes rectos, con forma, pasavoces, cantos entrantes, etc., en todo tipo de
vidrios y cristales de cualquier dimensión y espesor.
e) Correctos conocimientos de tolerancias para cualquier proceso posterior (
filetes, biseles, pulidos bastos y profundos).
f) Correcto conocimiento y manejo de todo tipo de instrumental de medición
como del material a utilizar de acuerdo a los posteriores procesos.
CATEGORÍA N°15
Oficial especializado cortador.
a) Las tareas de las categorías 6, 8, 12 y 14.
b) Realizar todo tipo de trabajo relacionado con cortes en todas sus formas en
todo tipo de vidrio y/o cristal de cualquier dimensión y espesor.
c) Transmitir sus conocimientos a las categorías inferiores.
BISELADO
CATEGORÍA N°6
Operario biselado.
a) Ayudante en el biselado de piezas grandes.
b) Desbastado con plancha (borde filete).
c) Desbastado del borde a la arena.
d) Lavar y clasificar arena.
CATEGORÍA N°9
Operario calificado biselado.
a) Las tareas de la categoría 6.
b) Desbastado bisel a la plancha.-
c) Borde a la piedra de agua.-
d) Filete borde a la piedra.-
e) Conocimiento de todo tipo de desbastado y del material a elaborar.
CATEGORÍA N°15
Operario especializado biselado.
a) Las tareas de las categorías 6 y 9.
b) Biselado de cualquier tipo de pieza a la piedra de agua.
c) Conocimiento de las máquinas y de su preparación para el biselado.
(Planchas, piedras, corcho, paños, bandas abrasivas y de cualquier otro tipo de
material necesario para el biselado).
d) Conocimiento de la rectificación de las herramientas de las máquinas para
biselar.
e) Conocimiento para el pulido, desbastado para trabajar en los cortes con
forma (pasavoces, cantos entrantes, huecos).
f) Transmitir sus conocimientos a las categorías inferiores.
PULIDO
CATEGORÍA N° 9
Revisador.
a) Conocimiento de los distintos tipos de vidrios y cristales.
b) Evaluación de los vidrios impresionados, rayados y su posible limpieza.
CATEGORÍA N°11
Operario calificado.
a) Conocimiento del uso de los elementos abrasivos ( piedra pómez, óxido de
río, óxido de hierro, etc.).
b)Conocimiento de los distintos tipos de vidrios y cristales.
PLATEADO
CATEGORÍA N°6
Operario plateado.
a) Coloca el vidrio para el plateado.
b) Limpia el vidrio, lo seca, aplica laca, el barniz y el papel pintura.
CATEGORÍA N°7
Operario calificado plateado.
a) Las tareas de la categoría 6
b) Sopletea la solución preparada.
CATEGORÍA N°10
Operario especializado, plateado.
a) Las tareas de las categorías 6 y 7.
b) Conocimiento del material a platear y de la calidad del mismo.
c) Elementales conocimientos del preparado de la solución para platear.
CATEGORÍA N°15
Operario especializado plateado( artesanal tipo).
a) Las tareas de las categorías 6, 7 y 10.
b) Prepara la solución para el plateo.
c) Platea a jarra o por nivelación.
d) Conocimientos para recuperación de excedentes de solución.
e) Conocimientos para la utilización de elementos ácidos o de cualquier tipo
de desplateo.
f) Conocimiento del material para determinar su correcta utilización.
g) Transmitir sus conocimientos a las categorías inferiores.
COLOCACIÓN
CATEGORIA N°6
Operario colocación.
a) Prepara y clasifica el material para agilizar el rendimiento del equipo.
b) Colaboración directa en el manipuleo de las herramientas.
c) Trabajos primarios de sacar y colocar contravidrios, colocar masilla, ayudar
a la colocación de los vidrios que por su tamaño así lo requieran.
d) Conocimiento del manejo de las herramientas y cortavidrio (ruleta).
CATEGORÍA N°8
Operario calificado colocación.
a) Las tareas de la categoría 6
b) Conocimientos de las reglas corrientes de colocación, masillado y perfecto
recorte del mismo, correcta reubicación de los contravidrios en sus distintos
sostenes a tornillo o presión, perfecto encuadramiento de los vidrios en las
aberturas.
c) Manejo del cortavidrio (ruleta) para efectuar ajustes en obra.
CATEGORÍA N°13
Operario especializado colocación.
a) Las tareas de las categorías 6 y 8.
b) Colocación de vidrios con burletes de todo tipo.
c) Colocación de vidrios en cualquier espesor y dimensiones.
d) Colocación en altura con balancín o silleta.
e) Colocación de claraboyas, shed (diente de sierra) y los conocimientos para
armar andamios, aparejos, balancín y/o silleta, utilización de selladores.
CATEGORÍA N°15
Operario especializado instalador templado, espejos, grandes paños.
a) Las tareas de las categorías 6, 8 y 13.
b) Colocación de espejos en sus distintas características, con sin bastidor, con
o sin marco, individual o cubriendo vanos completos, en nichos.
c) Colocación de vidrios y cristales de cualquier espesor en grandes
dimensiones, templado en sus distintas etapas, indicar las condiciones
necesarias para la preparación de la obra, medir cualquier tipo de
aberturas, conocimiento perfecto de los herrajes y de su ubicación para
cualquier instalación.
d) Armar andamios, colocar costillas y/o vientos, instalar complejos para
exhibición y/o decoración.
e) Transmitir sus conocimientos a las categorías inferiores.
COMPLEJO VITREO AISLANTE ACUSTICO ATERMICO
(Doble vidriado hermético)
CATEGORÍA N°6
Operario.
a) Corte a medida de perfiles.
b) Ranurado de los mismos y fresado del inglete.
c) Limpieza dinal de las unidades con la colocación de los elementos de
identificación de los mismos.
d) Estibaje de las unidades terminadas y todas las tareas auxiliares.
CATEGORÍA N°11
Operario calificado.
a) Las tareas de la categoría 6.
b) Colocación de los deshumectantes en los perfiles, limpieza y clasificación
de vidrios.
c) Encintar los complejos a sellar.
d) Recuperación y conservación de los excedentes de selladores
e) Aplicación de los protectores del inglete, estibaje de las unidades selladas
de acuerdo a sus dimensiones.
CATEGORÍA N°13
Operario especializado.
a) Las tareas de las categorías 6 y 11.
b) Conocimiento perfecto del herramental de medición.
c) Control de los deshumectantes y premontaje de las unidades de cualquier
medida, preparación de los selladores.
d) Sellado del complejo, control de condensación.
e) Control final del complejo, escuadra, espesor, calidad final.
VITRALES DECORATIVOS
CATEGORÍA N°11
Operario calificado.
a) Interpretación de bocetos y dibujos.
b) Plantillado del material, corte con herramientas diamantadas.
c) Premontaje y ajuste del vitral.
d) Montaje del mismo con el adhesivo correspondiente y el manipuleo
adecuado del mismo, limpieza final del vitral y pintado de las juntas.
CATEGORÍA N°13
Operario especializado.
a) Las tareas de la Categoría 11.
b) Perfecto conocimiento de las herramientas de medición e instrumental a
utilizar para cualquier tipo de vitral.
DESCRIPCIÓN Y ACLARACIÓN DE TAREAS
Operario especializado biselado, categoría 15. Serán considerados en esta
categoría los operarios que realizan las tareas semi-manuales, es decir, aquellos
que utilizan para su trabajo los elementos clásicos, dejando expresamente
aclarado que en el momento que la técnica admita la utilización de maquinaria
automática o semiautomática, el personal que trabaja en el biselado será
reclasificado de acuerdo a las nuevas técnicas.
Plateado - Operario especializado (tipo artesanal), categoría 15. En esta
categoría solamente serán tenidos en cuenta los operarios que preparan la
solución, la aplican y realizan todas las tareas necesarias para la terminación del
espejo en forma manual. No entran en esta clasificación los operarios que
sopletean la solución o aquellos que atiendan máquinas automáticas o
semiautomáticas para la fabricación de espejos.
Colocación – Operario especializado colocación, categoría 13. En esta
categoría se incluye al personal especializado en colocación de crudo en obras, el
cual fundamentalmente es el responsable de la ubicación y distribución del
material para su mejor rendimiento y sin pérdida de tiempo, el control del personal
que colabora en sus tareas debiendo colocar como mínimo 12 metros cuadrados
por día/hombre tomando como partida superficies de vidrios de 0,70 metros
cuadrados. Además poseerá el criterio suficiente para requerir la ayuda necesaria
cuando las circunstancias así lo requieran.
Operario especializado instalador templado, espejos, grandes paños
categoría 15. Poseerá los conocimientos técnicos necesarios para medir, cortar,
instalar cualquier tipo de herrajes, paños fijos y puertas.
Conocimiento de aberturas y de perfiles. Su eficiencia será medida con un mínimo
día/ hombre de 6 metros cuadrados. Como en el caso anterior, deberá poseer el
criterio suficiente para solicitar la ayuda necesaria cuando las circunstancias así lo
requieran.

COMPLEMENTO ASIGNACIONES PARA LA RAMA MANUFACTURA DEL
VIDRIO PLANO Y BISELADO
Complementos por altura: Los complementos por altura, entendiéndose altura al
exterior para los colocadores e instaladores, se abonará de acuerdo a la siguiente
escala:
Desde los 6 metros hasta los 20, el 30% del jornal que detenta el operario y por el
tiempo que trabaja en altura.
Desde los 20 metros hasta los 35 metros, el 40 % del jornal que detenta el
operario y por el tiempo que trabaja en altura.
Desde los 35 metros en adelante se abonará el 60% del jornal que detenta el
operario y por el tiempo que trabaja en altura.
RAMA FABRICACIÓN DE VIDRIO PLANO
SECCION HORNO VIDRIO FLOTA
CATEGORÍA N°12
Ayudante de Fusión.
Ayudante Cortador y/o Control de defectos en la cabina y/o Control del estado de
las hojas en la línea de retorno y/o Ayudante para mover elementos con el puente
grúa.
Reserva.
CATEGORÍA N°13
Foguista.
Operador de Spout.
Operador de Baño y Extendería.
Relevante Sellador.
Primer Cortador y/o Operador de Cargadores y/o Operador de Puente –Grúa y/o
Operador de sala de Control.
SECCIÓN HORNOS VIDRIO VENTANA
CATEGORÍA N°7
2do cortador.
Ayudante cortador.
CATEGORÍA N°8
Balconero.
CATEGORÍA N°10
2do. foguista.
Enfornador.
1er cortador.
CATEGORÍA N°11
Relevante 1er. cortador B y C.
CATEGORÍA N°12
1er foguista.
Operador.
1er. cortador B y C.
SECCION ALMACEN VIDRIO VENTANA
CATEGORÍA N°3
Ascensorista.
Peón almacén.
CATEGORÍA N° 4
Utilero.
CATEGORÍA N°5
Operario de corte
CATEGORÍA N°7
Operario almacén.
CATEGORÍA N°9
Operario motorista.
Embalador manual en forma permanente.
CATEGORÍA N°10
Cortador.
CATEGORÍA N°11
Operario controlador.
SECCION HORNO VIDRIO IMPRESO
CATEGORÍA N°7
2do cortador.
CATEGORÍA N°10
1er. cortador.
CATEGORÍA N°11
Ayudante maquinista.
CATEGORÍA N°12
1er. foguista.
Maquinista.
SECCION ALMACEN VIDRIO IMPRESO
CATEGORÍA N°3
Peón almacén.-
CATEGORÍA N°5
Operario de pulido.
CATEGORÍA N°7
Operario almacén.
CATEGORÍA N°9
Operario motorista.
Embalador manual en forma permanente.
CATEGORÍA N°10
Cortador.
SECCION MEZCLA
CATEGORÍA N°3
Operario móvil.
CATEGORÍA N°5
Operario de molienda.
CATEGORÍA N°8
Ayudante operador de planta.
Chofer interno.
CATEGORÍA N°10
2do operador de planta.
CATEGORÍA N°12
Operador de planta.
CATEGORÍA N°13
Operador Planta de Mezcla Float.
SECCION ESPEJADO
CATEGORÍA N°7
Operario de Conveyor de entrada.
Operario de Conveyor de salida y/o Operario Papelero.
CATEGORÍA N°8
Operario de tareas generales y/o Guinchero.
CATEGORÍA N°10
Operario de zona seca.
CATEGORÍA N°11
Operario de zona húmeda.
SECCION CAJONERIA
CATEGORIA N°3
Peón cajonero.
CATEGORÍA N°5
Cortador.
CATEGORÍA N°7
Cajonero.
CATEGORÍA N°9
Maquinista.
Afilador.
DESCRIPCIÓN DE TAREAS PARA LA RAMA FABRICACIÓN VIDRIO
PLANO
HORNO VIDRIO FLOAT
Foguista: Controla la fusión y combustión del horno para lograr un correcto
rendimiento. Regula los parámetros a su cargo para mantener las condiciones
normales de funcionamiento. Verifica el estado general del horno y sus equipos
auxiliares para evitar anormalidades que afecten su vida útil.
Está capacitado para las tareas de Operador de Spout, Operador de Baño y
Extendería y Operador Relevante Sellador.
Operador de Spout: Inspecciona constantemente la posición de la tira de vidrio
en el baño, su temperatura de salida y el caudal de vidrio que alimenta al mismo.
Utilizando los equipos disponibles, actúa sobre las variaciones para mantener el
proceso dentro de los parámetros establecidos. Ante emergencias, acciona las
alarmas correspondientes. Está capacitado para las tareas de Foguista, Operador
de Baño y Extendería y Operario Relevante Sellador.
Operador de Baño y Extendería: Controla y registra todas las variables del baño,
extendería y zona abierta indicadas en el panel de control por instrumentos allí
instalados, manteniendo o modificando los parámetros establecidos de acuerdo a
indicaciones.
Mide y grafica tensiones en caliente, saca roturas de la tira de vidrio, mide y
registra caudal de agua.
Está capacitado para las tareas de Foguista, de Operador de Spout y de Operario
Relevante Sellador y mantiene el sector limpio incluyendo la sala de control.
Operario Relevante Sellador: Es el responsable de mantener el sellado general
del baño y el funcionamiento de los equipos allí instalados. También verifica el
estado del piso metálico del mismo a fin de detectar puntos calientes y actuar
rápidamente si los hubiera.
Primer Cortador: Es el responsable de la correcta regulación de los equipos de
corte. Verifica también el buen estado y funcionamiento de los mismos, solicitando
las reparaciones que fuesen necesarias.
Operador de Cargadoras: Es el responsable de la operación de las cargadoras
de vidrio a fin de lograr una correcta formación de los paquetes.
Verifica también la aplicación de separador pulverulento y/o papel entre hojas y la
calidad y tamaño de las mismas.
Registra en planillas las cantidades y diferentes calidades y códigos de los
paquetes.
Adhiere boletas identificatorias en la primera y última hoja de cada paquete.
Operador de Puente-Grúa: Opera el puente-grúa para trasladar los caballetes
cargados con paquetes de vidrios desde las cargadoras al camión de transporte y
para proveer de caballetes vacíos a las cargadoras.
Trabaja en equipo con Ayudante de Cargador.
Es el responsable además de la correcta sujeción de los paquetes al caballete y
de la segura y correcta carga de los mismos en el camión.
Operador de Sala de Control: Controla y modifica los parámetros de corte,
códigos, medidas, espesores y la habilitación de las diferentes cargadoras por
medio de los monitores de las computadoras de acuerdo a indicaciones.
Acciona el panel de control para efectuar cambios de cargadoras, sistema de
corte, etc., que se le indiquen.
Ayudante de Fusión: Toma los caudales y presión de agua de enfriamiento del
horno, baño y extendería; caudales de nitrógeno o atmósfera de los equipos
instalados en el baño y extendería.
Trabaja en equipo con los otros operarios y se capacita en las tareas de los demás
puestos de trabajo.
Realiza ordenamiento de herramientas del baño y mantiene el sector limpio y
ordenado.
Ayudante cortador. Control de defectos en la cabina: Debe conocer la calidad el
vidrio que se está produciendo en ese momento y en base a ello eliminar los
defectos discretos que observa utilizando el pulsador correspondiente o marcando
el vidrio cuando corresponda.
Mantiene limpio su sector de trabajo.
Control del estado de las hojas en la línea de retorno: Ubicado antes de las
cargadoras descarta las hojas con defectos de corte o discretos utilizando el panel
de control para tal efecto.
Mantiene limpio su sector de trabajo.
Ayudante para mover elementos con Puente- Grúa: Trabajando en equipo con
el Operador del Puente-Grúa moviliza caballetes con paquetes de vidrio desde las
cargadoras al camión o caballetes vacíos hacia las cargadoras.
Es responsable además de asegurar estos paquetes correctamente en el caballete
y su posterior carga en el camión. También debe asegurarse del buen estado de
los equipos de sujeción y de mantener limpio el sector de trabajo.
Reserva: Está capacitado para cubrir necesidades de personal en las distintas
tareas del Ayudante Cortador ante ausencias en el plantel.
HORNO VIDRIO VENTANA
1er. foguista: Controla la fusión y combustión del horno para lograr un correcto
rendimiento. Regula los parámetros a su cargo para mantener las condiciones
normales de funcionamiento. Verifica el estado general del horno y sus equipos
auxiliares para evitar anormalidades que afecten su vida útil.
Operador: Controla el proceso de estiramiento desde el baño hasta el primer
balcón. Efectúa las tareas necesarias para mantener el estado de la máquina
estiradora y la tira de vidrio dentro de especificaciones. Integra el equipo para
levantar la colada de la máquina estiradora realizando los ajustes necesarios en
los reglajes.
1er cortador B y C: Controla el proceso de corte y los sistemas automáticos de
quiebre, arranque y enfriamiento de la hoja. Verifica la calidad del producto y
realiza los ajustes necesarios para mantenerlo dentro de especificaciones.
Enfornador: Controla la alimentación del horno y el nivel de vidrio en la cuba para
obtener condiciones estables de extracción en la zona de máquinas. Realiza los
ajustes necesarios para corregir los desvíos.
1er cortador: Controla el proceso de corte y los sistemas manuales de quiebre,
arranque y enfriamiento de la hoja. Verifica la calidad del producto y realiza los
ajustes necesarios para mantenerlo dentro de las especificaciones.
Balconero: Controla el estado del vidrio en la torre de la máquina estiradora.
Efectúa las tareas necesarias para evitar y eliminar roturas.
2do cortador: Opera el equipo de corte, arranque, quiebre y enfriamiento de la
hoja. Corta manualmente hojas de vidrio cuando es necesario por razones de
calidad y/o defectos de rotura. Actúa ante roturas de la tira de vidrio en la torre.
Transporta carros de vidrio (cargados o vacíos) hacia y desde la playa de carros.
Ayudante cortador: Es el operario que integrando el equipo de trabajo junto al
1er y 2do cortador efectúa tareas iguales a los del 2do cortador de acuerdo a las
necesidades.
ALMACEN VIDRIO VENTANA
Operario controlador: Es responsable de la selección de calidad cuando se
preparan paquetes con vidrio de manejo mecánico. Realiza la medición de
paquetes, completando la planilla correspondiente para su posterior despacho.
Cortador: Corta las hojas de vidrio a las dimensiones y formas requeridas. Es
responsable de la calidad y dimensiones del vidrio que corta. Aprovecha al
máximo la superficie de la hoja de vidrio para disminuir el descarte.
Operario motorista: Realiza los movimientos necesarios, con autoelevador,
puente grúa o camión para mover paquetes de vidrio, embalajes y materiales de
acondicionamiento. Controla los equipos y vehículos que utiliza para conservar su
vida útil. Confecciona la documentación requerida.
Embalador manual: Maneja y embala vidrio en forma totalmente manual y
permanente de acuerdo a especificaciones, siendo responsable de la calidad,
cantidad y dimensiones del vidrio que manipulea.
Operario de almacén: Realiza el manejo manual y/o mecánico de vidrio
colocando papel cuando esté especificado. Embala vidrio en forma manual o
mecánica de acuerdo a especificaciones. Reacondiciona paquetes. Es
responsable de la cantidad, calidad y dimensiones del vidrio que maneja.
Operario de corte. Realiza los movimientos necesarios de vidrio y demás
elementos necesarios para abastecer al cortador. Selecciona el descarte a
recuperar.
Utilero: Es responsable de recibir, custodiar y entregar materiales y herramientas
en las medidas y cantidades requeridos. Mantiene las existencias y el estado de
los elementos de trabajo.
Ascensorista: Opera el montacargas para abastecer de carros al horno y
almacén. Controla la cantidad de carros que transporta para no superar la
capacidad de carga. Verifica el estado de los elementos de transporte.
Peón de almacén. Colabora con el operario motorista en el manejo mecánico de
vidrio, embalajes y descarte. Realiza tareas de ordenamiento y limpieza.
HORNO VIDRIO IMPRESO
1er foguista: Es responsable de la combustión del horno para lograr una correcta
fusión. Verifica la alimentación para asegurar la normalidad de la carga. Controla
el funcionamiento del horno y sus equipos auxiliares para evitar anormalidades
que afecten su vida útil.
Maquinista. Controla el antecuerpo y proceso de laminación para mantener la
colada de vidrio dentro de especificaciones. Controla el estado y funcionamiento
de la máquina laminadora, extendería y equipos auxiliares. Integra el equipo de
cambio de máquina laminadora asegurándose que la misma esté en condiciones
de entrar en producción.
Ayudante maquinista: Controla el proceso de recocido a lo largo de la extendería
cubierta. Colabora con el maquinista para lograr el correcto control del proceso de
laminación. Integra el equipo de cambio de máquina laminadora. Verifica el
sistema de enfornaje del horno. Colabora con el foguista para asegurar la
normalidad de la carga y fusión del horno.
1er cortador: Controla el enfriamiento del vidrio en la zona descubierta de la
extendería. Controla el proceso automático de corte, quiebre, carga y la calidad
del producto de acuerdo a especificaciones. Es responsable del embalaje para
que el producto ingrese al almacén en las condiciones especificadas. Integra el
equipo de cambio de máquina laminadora. Corta hojas manualmente cuando no
funcionan los equipos automáticos.
2do cortador: Colabora con el 1er cortador en el control de la calidad del
producto y su embalaje. En los cambio de máquina laminadora colabora con el
ayudante maquinista para asegurar la rápida puesta en marcha de la línea. Corta
y carga hojas manualmente cuando no funcionan los equipos automáticos.
ALMACEN VIDRIO IMPRESO
Cortador: Corta las hojas de vidrio a las dimensiones y forma requeridas. Es
responsable de la calidad y dimensiones del vidrio que corta. Aprovecha al
máximo la superficie de la hoja de vidrio para disminuir el descarte.
Operario motorista: Realiza los movimientos necesarios, con autoelevador o
puente grúa para mover paquetes de vidrio, embalajes y materiales de
acondicionamiento. Controla los equipos y vehículos que utiliza para conservar su
vida útil. Confecciona la documentación requerida.
Embalador manual: Maneja y embala vidrio en forma totalmente manual y
permanente de acuerdo a especificaciones, siendo responsable de la calidad,
cantidad y dimensiones del vidrio que manipulea.
Operario de almacén: Colabora con el operario motorista en el manejo mecánico
de vidrio. Es responsable de la cantidad, calidad, acondicionamiento y
dimensiones del vidrio que maneja. Realiza manejo manual de vidrio cuando es
necesario.
Peón almacén: Colabora con el operario motorista y operario de almacén en
todos las tareas manuales para el movimiento mecánico de paquetes de vidrio,
embalajes y descarte. Realiza tareas de ordenamiento y limpieza.
MEZCLA
Operador de planta: Verifica el abastecimiento de materias primas y el estado de
los equipos e instrumental de la planta. Es responsable del proceso de iniciación,
preparación de mezcla. Abastece a los hornos de mezcla para su continua
producción.
Segundo operador de planta. Realiza los cambios de calibración y controla el
funcionamiento de las balanzas. Verifica la precisión del pesado para cumplir con
las especificaciones de las fórmulas. Colabora con el operador en el agregado de
aditivos, cascote y atención del proceso de preparación.
Ayudante operador: Es el operario que teniendo los conocimientos necesarios,
realiza trabajos accesorios y generales en la planta automática de mezcla, cuando
debido a determinadas condiciones sea necesario su inclusión en el plantel.
Chofer interno: Realiza los movimientos necesarios, conduciendo los equipos y
vehículos a su cargo para el abastecimiento de materias primas y cascote a la
planta. Controla los equipos y vehículos que utiliza para conservar su vida útil.
Operario móvil: Realiza el movimiento y ensilado manual de materias primas y
cascote. Prepara aditivos y recupera cascote mediante molienda o limpieza.
Realiza tareas generales del sector.
CAJONERIA
Maquinista. Opera las máquinas y realiza los movimientos, cortes y controles
necesarios de madera para obtener la producción requerida
Mantiene en correcto estado de funcionamiento las máquinas que maneja.
Afilador: Realiza el afilado de todo tipo de herramientas. Mantiene las existencias
de materiales y elementos de trabajo. Es responsable de todas las tareas
correspondientes a cerrajería
Cajonero: Realiza la construcción, reposición, control y movimiento de elementos
destinados al embalaje y movimiento de vidrio de acuerdo a especificaciones.
Cortador: Mantiene cortadas las cantidades necesarias de elementos utilizados
en los diferentes productos que se fabrican. Mantiene en correcto estado las
máquinas y elementos que utiliza.
ESPEJADO
Operario de Zona Húmeda: Atiende los requerimientos de producción de la línea
de espejado desde el conveyor de lavado previo a la zona húmeda hasta el
conveyor de secado por el aire caliente, ambos incluidos. Es el responsable de los
procesos de Lavado Convencional, sensibilizado, plateado, cobreado y secado por
aire caliente.
Operario de Zona Seca: Atiende los requerimientos de producción desde el
conveyor de calentamiento antes del conveyor de pintura hasta el conveyor de
enfriamiento por aire, posterior a la estufa de gas, ambos incluidos. Es el
responsable de los procesos de precalentamiento antes de pintado, pintado,
evaporación de solvente, curado de la pintura y enfriamiento posterior al curado de
pintura.
Operario de Tareas Generales/Guinchero: Es el operario que atiende los
requerimientos de producción en lo referente a movimiento de paquetes de vidrio y
de espejo, materiales directos, materiales de empaque y embalaje, etc. Es
responsable del ordenamiento de materiales que maneja a lo largo de toda línea,
así como del estado de los medios mecánicos que opera: puentes grúa, motoelevador,
zorra eléctrica, etc.
Operario de Conveyor de Entrada: Es el operario que atiende los requerimientos
de producción referidos a la carga de hojas de vidrio y su limpieza con óxidos de
Tierras Raras.
Es el responsable de los procesos de carga de paquetes de vidrio a caballetes de
la línea, carga de hojas a la línea y limpieza con óxido de Tierras Raras.
Operario de Conveyor de Salida y/o Operario Papelero: Atiende los
requerimientos de producción desde que las hojas espejadas entran en el
conveyor de limpieza química hasta que quedan apiladas en carros o envases con
el empapelado correspondiente.
Es el responsable de los procesos de limpieza química, aplicación de la
marca/logotipo, lavado final, formación de paquetes y empapelado de los mismos.

RAMA FABRICACIÓN TEXOVER
SECCION HORNO FUSION DIRECTA ( D. M. T.)
CATEGORÍA N° 4
Operario Reserva
CATEGORÍA N°5
Operario Auxiliar.
CATEGORÍA N°8
Operario Bobinador.
CATEGORÍA N°9
Operario de Hélices.
Operario de Emulsiones.
CATEGORÍA N°11
Hilador.
CATEGORÍA N°12
Foguista.
SECTOR ESTERAS AFIELTRADAS – BRENNER.
CATEGORÍA N°4
Operario Reserva.
CATEGORÍA N°5
Embalador.
Enrollador.
Sacapuntas.
CATEGORÍA N° 6
2do Aprovisionador.
CATEGORÍA N°8
1er. Aprovisionador.
CATEGORÍA N° 11
Operador Máquina Brenner.
SECCION TEXTIL
CATEGORÍA N°4
Operario Hilo Cortado.
CATEGORÍA N°6
Operario Roving
Operario Embalador Roving.
CATEGORÍA N°10
Operario Especializado Textil.
SECCION ALMACEN TEXOVER
CATEGORÍA N°4
Peón Almacén.
Peón Embalador.
CATEGORÍA N°5
Operario Almacén.
CATEGORÍA N°6
Operario Embalador Control.
DESCRIPCIÓN DE TAREAS PARA LA RAMA FABRICACÓN TEXOVER
HORNO FUSION DIRECTA ( D. M. T.)
Foguista: Realiza todos los trabajos desde el enfornaje hasta la salida del vidrio
por los tetones de las hileras. Es responsable del correcto funcionamiento de
todos los equipos a su cargo y la conducción térmica del horno, antecuerpo y
equipos de secado.
Hilador: Es el encargado de hilar de acuerdo a los métodos de trabajo que se
fijen. Es responsable del correcto funcionamiento de todos los equipos a su cargo,
la calidad y rendimiento del producto obtenido en lo que a su trabajo atañe.
Operario de hélices: Es el encargado de la preparación y mantenimiento de
hélices, rodillos y peines que se utilizan en el proceso de hilado continuo.
Operario de emulsiones: Es el encargado de la preparación y provisión de
emulsiones. Realiza sus tareas de acuerdo a los métodos de trabajo que se fijen.
Es responsable del correcto funcionamiento de los equipos a su cargo, de la
calidad y rendimiento en lo que a su trabajo atañe.
Bobinador: Es el encargado de bobinar el hilo bajado por el hilador, de acuerdo a
los métodos de trabajo que se fijen. Es responsable del correcto funcionamiento
de todos los equipos a cargo, la calidad y rendimiento del producto obtenido en lo
que a su trabajo atañe. Comienza su entrenamiento y capacitación como hilador
reemplazándolo en los períodos reglamentarios de descanso y/o cuando se halla
ausente.
Auxiliar: Colabora en todo lo referente a la producción con los demás integrantes
del equipo, de acuerdo a los métodos de trabajo que se fijen; siendo responsable
de la calidad del rendimiento obtenido en lo que a su trabajo atañe. Comienza su
entrenamiento y capacitación como bobinador bajo el asesoramiento de éste,
reemplazándolo durante el descanso reglamentario y/o cuando se encuentra
ausente. Realiza tareas generales.
ESTERAS AFIELTRADAS (Máquina Brenner)
Operador de máquina ( Brenner): Es responsable del proceso de fabricación de
esteras afieltradas en la máquina Brenner. Se ocupa del control conducción y
funcionamiento de la misma.
1er Aprovisionador ( Brenner): Realiza el aprovisionamiento de bobinas básicas
para alimentar con los mismos la máquina Brenner cuando las condiciones de
trabajo lo requieran. Realiza los reemplazos y relevos del operador de máquina
Brenner.
2do Aprovisionador ( Brenner): Colabora con el 1er Aprovisionador en todas las
tareas relativas a la alimentación de la máquina Brenner mediante bobinas
básicas.
Enrollador ( Brenner): Controla el correcto enrollamiento del producto y su corte
a las medidas estipuladas. Realiza la extracción del producto de la máquina de
acuerdo al método de trabajo que se fije. Es responsable de la calidad y
rendimiento del producto obtenido en lo que a su trabajo atañe. Se ocupa de tener
los elementos necesarios para desempeñar su función.
Embalador ( Brenner): Es responsable de embalar e identificar los rollos y
recortes de acuerdo a las especificaciones y métodos de trabajo que se fije.
Colabora con el enrollador en la colocación de los tubos de cartón y extracción
de los rollos terminados. Transporta los rollos al lugar de almacenamiento. Lleva
planillas de control.
Sacapuntas ( Brenner): Se ocupa de buscar la punta de las bobinas que se
destinan a fabricación, en cantidad suficiente para la atención continua de los
distintos sectores. Realiza el transporte de tarimas y carros con bobinas a los
sectores indicados. Realiza tareas generales de la sección.
TEXTIL
Operario Especializado Textil: Se desempeña en todas las tareas de la Sala
Textil. Realiza sus funciones de acuerdo a los métodos de trabajo que se fijen. Es
responsable de la calidad del producto y del rendimiento de la máquina asignada.
Operario Roving: Se encarga de la producción de mechas continuas a partir de
bobinas básicas. Atiende las máquinas y su alimentación. Es responsable de la
calidad y rendimiento obtenido.
Operario Embalador Roving: Realiza el embalaje, pesado y control de los
productos terminados. Es responsable del correcto funcionamiento de los equipos
a su cargo.
Operario Hilo Cortado: Realiza las tareas de alimentación de hilo a las
cortadoras. Es responsable del correcto funcionamiento de los equipos a su cargo,
como de la calidad y rendimiento obtenido.
ALMACEN TEXOVER
Operario de Almacén: Realiza el movimiento, preparación de pedidos y
despacho de los materiales producidos. Verifica el embalaje, tipo de producto y
cantidad despachada.
RAMA FABRICACIÓN VIDROTEL
SECCION LINEA TEL
CATEGORÍA N°5
Operario Punta de Línea
CATEGORÍA N°8
Operario de Línea
CATEGORÍA N°9
Ayudante Operario Horno y Fibraje.
CATEGORÍA N°12
Operario Horno y Fibraje
SECCION RIGIDAS
CATEGORÍA N°2
Peón Papelero
CATEGORÍA N°5
Operario Depilador.
Operario Desmoldeador.
CATEGORÍA N°8
Operario Enrollador.
SECCIÓN LINEA A.B.T.
CATEGORÍA N°5
Operario de Hilado de Refuerzo.
Operario Punta de Línea.
CATEGORÍA N° 8
Operario de Línea.
CATEGORÍA N°11
Controlador de Hileras.
SECCION ALMACEN VIDROTEL
CATEGORÍA N°3
Operario de Carga.
Operario Reserva.
CATEGORÍA N°4
Operario de Almacén.
Operario de Encolado.
Operario de Pegado, Repaso y Embalaje.
CATEGORÍA N°5
Operario de Gofrado.
..
CATEGORÍA N° 7
Operario de Sierra.
CATEGORÍA N° 10
Chofer externo.
SECCION RESINAS
CATEGORÍA N°8
Operario de Resinas.
DESCRIPCIÓN DE TAREAS PARA LA RAMA FABRICACIÓN VIDROTEL
LINEA TEL
Operario de Horno y Fibraje: Realiza todos los trabajos en la zona de horno y
fibraje desde que la materia prima llega a la planta hasta que el producto se
deposita en la cinta de recepción. Es responsable del control y funcionamiento de
todos los equipos de plataforma del horno, antecuerpo, tolvas, fibrado, foso y sala
de ventiladores. Realiza los ajustes necesarios en dichos equipos para mantener
el producto dentro de especificaciones.
Ayudante de Horno y Fibraje: Colabora con el operario de Horno y Fibraje en el
control de temperaturas y atención del horno, canales y antecuerpo.
Realiza los reemplazos del operario de horno y fibraje y los operarios de línea
durante los descansos y ausencias transitorios.
Operario de Línea: Es responsable de la fabricación en su ancho, largo peso y
calidad desde que el material es recibido en la cinta de recepción hasta que llega
a la punta de línea. Se ocupa de la dosificación de la emulsión, la conducción
térmica de la estufa y el agregado de los distintos soportes.
Operario Punta de Línea: Es el encargado de retirar de la línea el material
producido. Debe controlar dicho material descartando el que no esté en
condiciones de acuerdo a instrucciones impartidas. Debe pesar el producto y
anotarlo en la planilla correspondiente.
SECCION RIGIDAS
Enrollador: Tiene a su cargo el correcto enrollado del filtro sobre los mandriles.
Es responsable de la calidad y rendimiento del producto que elabora.
Depilador: Provee de filtros con frecuencia necesaria a la máquina enrolladora.
Controla la estufa para una correcta polimerización. Mantiene el orden de los rollos
de fieltros y colabora con el desmoldeador.
Desmoldeador: Se ocupa de la aplicación del desmoldante a los mandriles
utilizados por el operario enrollador. Es responsable del movimiento y
ordenamiento de los mandriles. Realiza el desmoldeo, corte y despunte de las
secciones rígidas. Colabora con el depilador.
LINEA A.B.T.
Controlador de Hileras: Es responsable de la conducción de hileras, ajustando
los parámetros de fibraje para el acondicionamiento del material hasta depositarlo
sobre la cinta de recepción. Controla las temperaturas del canal, antecuerpo e
hileras.
Realiza los ajustes necesarios en las hileras fibradoras para obtener un producto
dentro de especificaciones. Controla los deflectores y la aspiración para lograr una
correcta distribución de la fibra sobre la cinta de recepción.
Operario de Hilado Refuerzo: Es el operario que en la fabricación de productos
de velo que requieran refuerzo de hilado se encarga de la provisión de hilos a la
máquina. Es el responsable del correcto funcionamiento de los equipos a su cargo
y de la continuidad en el aprovisionamiento de hilos.
ALMACEN VIDROTEL
Operario de Sierra: Realiza el trabajo de corte en las sierras existentes. Es
responsable de las medidas y cantidades a cortar.
Operario de Gofrado: Realiza el gofrado de placas de P.V.C. mediante el
calentamiento de la placa matriz. Es responsable de la calidad de la hoja gofrada y
del rendimiento de los productos que utiliza.
Operario de Encolado: Deposita el adhesivo sobre el panel de fibra de vidrio y el
soporte. Es responsable del cuidado y funcionamiento de los elementos que
utiliza.
Operario de Pegado, Repaso y Embalaje: Realiza la unión del soporte y el
panel de fibra de vidrio ya encolados. Repasa la superficie para asegurar la
coincidencia de los laterales de ambos. Es responsable de la calidad del producto
terminado descartando los defectuosos.
Operario de Almacén: Se ocupa del embalaje de todo el material que se produce
en la línea. Realiza el transporte y estibado del material a depósito o camión. Se
encarga del aprovisionamiento de todos los elementos de embalaje.
Operario de Carga: Es el operario que se encarga de la preparación y despacho
de los materiales producidos, siendo responsable de las cantidades cargadas y del
estado en que se despachen los paquetes.
SECCION RESINAS
Operario de resinas: Es el encargado de la preparación y aprovisionamiento de
resina y emulsiones para el proceso. Se ocupa del almacenaje, movimiento de
materas primas, control de existencias y de todos los trabajos a realizarse en la
planta de resinas. Es responsable del control y funcionamiento de los equipos a su
cargo y de la calidad y rendimiento de los productos que elabora.
RAMAS FABRICACIÓN VIDRIO PLANO, TEXOVER Y VIDROTEL
Normas Generales sobre tareas
Las empresas de las Ramas Fabricación Vidrio Plano, Texover y Vidrotel que por
sus sistemas de trabajo no requieran la incorporación a su plantel de categorías o
puestos que se incluyen en el presente CONVENIO NACIONAL no están
obligadas ni podrán imponérseles la creación de las mismas.
Se deja expresamente aclarado que a los fines de la interpretación extensiva de
las descripciones de tareas insertas en el presente CONVENIO NACIONAL o
aquellas que no figuran en el mismo, se tendrán como válidas las acordadas en
los CONVENIOS INTERNOS VIGENTES.
RAMA VIDRIO AL SOPLETE
SECCION FABRICACIÓN DE AMPOLLAS, FRASCOS, CARPOULES Y TUBOS
CATEGORÍA N°1
El personal ingresado hasta 2 meses de antigüedad.
CATEGORÍA N°3
Hasta 4 meses de antigüedad en mufla, horno vitrificadores, anillado, impresión,
revisación y embalaje; después de 2 meses de antigüedad y previa prueba de
suficiencia r e idoneidad para la función.
CATEGORÍA N°5
Las tareas de la Categoría 3 después de 4 meses de antigüedad, previa prueba de
suficiencia e idoneidad para la función.
CATEGORÍA 9:
Maquinista de máquina de 8 mandriles (1 máquina)
Maquinista de fondos y tubos- Termocontraíble.
Maquinista Decoradora Impresora y Horno.
Maquinista de una máquina hasta 20 mandriles con cortadora y/o requemador y
calibradora incorporada.
Maquinista de máquina plana de frascos con moldeado doble boca.
Cambista decoradora – impresora.
CATEGORÍA 10:
Maquinista de una máquina de más de 16 mandriles con cortadora y/o
requemado, calibradora, impresora y horno incorporado.
CATEGORÍA 11
Maquinista de una máquina de hasta 16 mandriles con cortadora y/o requemado,
calibrado, impresora y embalaje incorporado- Línea de producción completa
automatizada.-
CATEGORÍA 12:
Maquinista de una máquina hasta 24 mandriles con cortadora y/o requemado,
calibrado, impresora y embalaje incorporado – Línea de producción completa
automatizada.
CATEGORÍA 13
Maquinista de una máquina de hasta 32 mandriles con cortadora y/o requemado,
calibrado, impresora y embalaje incorporado- Línea de producción completa
automatizada.-
CATEGORÍA 14
Ayudante de cambista.
CATEGORÍA 15
Maquinista cambista de fabricación y líneas completas integradas.-
FABRICACIÓN DE TERMÓMETROS
SECCIÓN TERMÓMETROS CLÍNICOS
CATEGORÍA 5
Cortador prismas.-
Cortador escalas.-
Dorador.-
Blisteador.-
Envasador.-
CATEGORÍA 6
Operador máquina de reparar.-
Medidor escalas ( sacado de aire)
Graduador (rayitas). -
CATEGORÍA 7:
Cortador bulbos.-
Terminador.-
Llenador.-
Lavador bulbos.-
CATEGORÍA 8:
Soplador.-
Cortador.-
Soldador bulbo.-
Revisor estrangulado.-
Sacador de aire.-
Medidor escalas (graduar). -
Estampador.-
Control de calidad.-
Cargador plancha.-
CATEGORÍA 9:
Operario de bolitas.-
CATEGORÍA 10:
Operario de estrangulado.-
SECCIÓN TERMÓMETROS INDUSTRIALES.
CATEGORÍA 10:
Operario/a sin especialidad.
CATEGORÍA 12:
½ Oficial.
½ Oficial Ajuste y Grabado.
CATEGORÍA 13
Grabador al ácido.
Oficial ajuste y grabado.
CATEGORÍA 15
Oficial al soplete.
SECCIÓN ARTÍCULOS DE LABORATORIO
CATEGORIA 1
Aprendiz o peón general.
CATEGORÍA 3
Aprendiz adelantado.
Apartador.
CATEGORÍA 5
Medio Oficial, esmerilado y grabado; apartador con control de mercadería a su
cargo.
CATEGORÍA 6
Medio Oficial, fuego y/o Banco.
CATEGORÍA 8
Oficial de 3ra, fuego.
CATEGORÍA 10
Oficial de 2da, fuego. Oficial de 2da; esmerilado.
CATEGORÍA 12
Oficial de 1ra; fuego. Oficial de 1ra; esmerilado.
CATEGORÍA 13
Oficial armador de aparatos fuego.
CATEGORÍA 15
Maestro vidriero.
SECCIÓN JERINGAS HIPODÉRMICAS
CATEGORÍA 6
Lavador a mano y envasador.
CATEGORÍA 8
Grabador, moldeador, numerador de fondo, cabeza y cuerpo.
CATEGORÍA 9
Armador, revisador y probador.
CATEGORÍA 10
Rectificador de picos y émbolos.
COMPLEMENTO ASIGNACIONES TAREAS VARIAS RAMA VIDRIO AL
SOPLETE – A partir del 1 de noviembre de 1991
a)Manteniendo los jornales de Categoría 10 se fija un adicional de =A= 6.764. -
por día.
b)Manteniendo los jornales de Categoría 11 se fija un adicional de =A= 18.629. -
por día.
c)Manteniendo los jornales de Categoría 12 se fija un adicional de = A = 27.244.-
por día.-
d)Manteniendo los jornales de Categoría 13 se fija un adicional de =A= 28.816. -
por día.-
e)Manteniendo los jornales de Categoría 14 se fija un adicional de =A= 30.388. -
por día.-
f)Manteniendo los jornales de Categoría 15 se fija un adicional de =A= 31.960. -
por día.-
Nota General para Rama Vidrio al Soplete:
Las tareas generales, ( por ejemplo, mantenimiento mecánico, eléctrico, etc.) que
no se incluyen en las distintas secciones de la rama, deberán tomarse de la
Industria Madre y no incluyen complemento asignaciones tareas varias que se
establece específicamente para las tareas de la Rama Vidrio al Soplete.-

RAMA VIDRIO DE SEGURIDAD, TEMPLADO Y LAMINADO
1. SECCION MATERIA PRIMA
CATEGORÍA N°1
Peón: Realiza tareas generales y colabora en las distintas tareas del sector hasta
los 60 días trabajados desde su ingreso.-
CATEGORÍA N°4
Operario de materia prima: Manipulea y ubica todo tipo de cajón de materia
prima.-
CATEGORÍA N°8
Operario especializado: Conoce la operación de las máquinas (autoelevador,
grúa –móvil y puente grúa) y los tipos de vidrio y/o cristales a movilizar.-
CATEGORÍA N°9
Chofer de autoelevador.-
2. SECCION ALMACEN DE PRODUCTOS TERMINADOS Y EXPEDICIÓN
CATEGORÍA N° 1
Peón. Realiza tareas generales del sector y en el movimiento de productos
terminados hasta los 60 días trabajados desde su ingreso.-
CATEGORÍA N°5
Operario calificado: Embala cualquier tipo de productos de vidrio y/o cristal con
conocimiento de los productos y/o sus codificaciones.-
CATEGORÍA N°8
Operario especializado: Prepara cargas con conocimiento de ubicación del
material y normas de fábrica.-
CATEGORÍA N°9
Chofer de autoelevador.-
3. SECCION HERRAJES
CATEGORÍA N° 1
Peón : Efectúa el pulido de las cubiertas de los herrajes y ayuda en tareas varias
hasta los 60 días trabajados desde su ingreso.-
CATEGORÍA N°4
Operario de Herrajes: Ayuda en el armado de herrajes. Realiza tareas generales.
CATEGORÍA N°7
Operario calificado: Arma con conocimiento de todos los tipos de herrajes
estándar.-
CATEGORÍA N°9
Operario especializado: Trabaja con materias primas de herrajes y en el
despacho de productos terminados.-
Opera soldadora y máquina de agujerear múltiple.-
Arma con conocimiento de todos los tipos de herrajes especiales.-
CATEGORÍA N°12
Oficial balancinero y herrajes especiales: Opera el balancín y fabrica herrajes
especiales.-
CATEGORÍA N°13
Oficial tornero. Opera el torno automático y semi- automático.-
4. SECCION ALMACEN GENERAL DE SUMINISTROS
CATEGORÍA N°1
Peón: Realiza tareas generales y colabora en las distintas tareas del sector hasta
los 60 días trabajados desde su ingreso.-
CATEGORÍA N°8
Operario calificado: Conoce la ubicación y entrega los distintos materiales
almacenados.-
5. SECCION TEMPLADO
CATEGORÍA N°1
Peón : Realiza tareas generales y colabora en las distintas tareas del sector hasta
los 60 días trabajados desde su ingreso.
CATEGORÍA N°5
Operario calificado: Carga, descarga, sella y prepara el material para el horno.-
CATEGORÍA N°8
Operario especializado: Colabora en el manejo general del horno y en el
mantenimiento de la producción y calidad.-
CATEGORÍA N°9
Además de tareas de la CATEGORÍA N°8, suelda terminales y controla las líneas
en las lunetas térmicas.-
CATEGORÍA N°12
Oficial templador: Opera un horno de templado de su especialidad. Encamina la
producción. Descubre y soluciona motivos de rotura. Es responsable de la
máquina, su puesta a punto y la calidad del producto en cuanto dependa del
operario.-
CATEGORÍA N° 14
Oficial templador horno plano horizontal: Opera el equipo de control del Horno.
Encamina la producción. Descubre y soluciona motivos de rotura. Es responsable
de la máquina, su puesta a punto y la calidad del producto.-
6. SECCION CORTE INDUSTRIA AUTOMOTRIZ
CATEGORÍA N°1
Peón: Realiza tareas generales y colabora en las distintas tareas del sector hasta
los 60 días trabajados desde su ingreso.-
CATEGORIA N°6
Operario calificado: Prepara rectángulos manualmente y abre los cortes en todo
tipo de máquina.-
CATEGORÍA N°8
Operario especializado: Opera las máquinas semi- automáticas (pantógrafos y
máquinas de prepara rectángulos). -
CATEGORÍA N°12
Oficial de corte de industria automotriz: Corta a pulso todo tipo de vidrios,
siendo responsable de la calidad del producto.-
CATEGORÍA N°14
Oficial máquina de corte con control numérico: Opera la máquina con control
numérico, siendo responsable del producto.-
7. SECCION CORTE INGENIERIA
CATEGORÍA N°1
Peón : Realiza tareas generales y colabora en las distintas tareas del sector hasta
los 60 días trabajados desde su ingreso.
CATEGORÍA N°6
Operario calificado: Abre cortes hasta 10 mm.-
CATEGORÍA N°12
Oficial de corte: Corta manualmente todo tipo de vidrio y/o cristal de cualquier
forma y espesor. Opera máquinas de corte y es responsable del producto.-
CATEGORÍA N°14
Oficial máquina corte con control numérico: Opera la máquina con control
numérico, siendo responsable del producto.-
8. SECCION DE TALLER DE PULIDO Y AGUJEREADO
CATEGORÍA N°1
Peón : Realiza tareas generales y colabora en las distintas tareas del sector hasta
60 días trabajados desde su ingreso.-
CATEGORÍA N°5
Operario calificado: Opera pulidora con cinta y máquinas automáticas.-
CATEGORÍA N° 9
Operario especializado: Hace borde pulido y matado de filo con muelas
diamantadas.-
CATEGORÍA N° 12
Oficial de pulido y agujereado: Opera y pone a punto todas las máquinas de
borde pulido y agujereadoras, siendo responsable de la calidad del producto.-
9. SECCION LUNETAS TERMICAS Y ESMALTE
CATEGORÍA N°1
Peón: Realiza tareas generales y colabora en las distintas tareas del sector hasta
60 días trabajados desde su ingreso.-
CATEGORÍA N°8
Operario especializado: Opera máquinas manuales de impresión.-
CATEGORÍA N°11
Oficial de lunetas térmicas y esmaltes: Opera máquinas automáticas de
impresión. Prepara pasta de plata para sacar valores de potencia.-
CATEGORÍA N°12
Oficial de serigrafía: Construye pantallas serigráficas.-
10. SECCION PULIDO MARCADO Y RECORTE DE INGENIERIA
CATEGORÍA N°1
Peón: Realiza tareas generales y colabora en las distintas tareas del sector y
hasta 60 días trabajados desde su ingreso.-
CATEGORÍA N°8
Operario especializado: Corta, agujerea y fresa entrantes. Opera pulidora
rectilínea y rolos de retoque.-
CATEGORÍA N°12
Oficial marcador: Marca entrantes. Interpreta planos de entalladuras. Es
responsable de la calidad del producto en proceso.-
11. SECCION CONTROL CALIDAD
CATEGORÍA N°1
Peón: Realiza tareas generales y colabora en las distintas tareas del sector hasta
los 60 días trabajados desde su ingreso.-
CATEGORÍA N°4
Operario de control: Realiza control dimensional y de terminación.-
CATEGORÍA N°8
Operario especializado: Colabora con el inspector en el control del producto en
proceso y/o producto final.-
CATEGORÍA N°11
Oficial de control de calidad: Inspecciona y es responsable de la calidad del
producto final.-
12. SECCION HORNOS DE CURVADO
CATEGORÍA N°1
Peón: Realiza tareas generales y colabora en las distintas tareas del sector hasta
los 60 días desde su ingreso.-
CATEGORÍA N°8
Operario calificado: Realiza carga y descarga de los hornos. Entalca
y sella vidrios y/o cristal.-
CATEGORÍA N°12
Oficial curvador: Opera el horno de curvado y es responsable de la calidad del
producto en proceso.-
SECCION LAMINADO CURVO
CATEGORÍA N°1
Peón: Realiza tareas generales y colabora en las distintas tareas del sector hasta
los 60 días trabajados desde su ingreso.-
CATEGORÍA N°7
Operario calificado: Lava y corta plástico. Arma parabrisas con P.V.B.-
CATEGORÍA N°10
Operario especializado: Coloca burletes de vacío y opera cámara de laminado.-
CATEGORÍA N°12
Oficial laminado curvo: Opera el autoclave y cámara de laminado, siendo el
responsable de la calidad del producto.-
14. SECCION LAMINADO PLANO
CATEGORÍA N°1
Peón: Realiza tareas generales y colabora en las distintas tareas del sector hasta
los 60 días trabajados desde su ingreso.-
CATEGORÍA N°4
Operario de laminado: Ayuda en el armado y laminado.-
CATEGORÍA N°9
Operario especializado: Arma vidrios y/o cristales y opera laminadora.-
15. SECCION DOBLE VIDRIADO
CATEGORÍA N°1
Peón: Realiza tareas generales y colabora en las distintas tareas del sector hasta
los 60 días trabajados desde su ingreso.-
CATEGORÍA N°4
Operario doble vidriado: Ayuda en el cortado y armado de perfiles y en el
armado y sellado de paneles.-
CATEGORÍA N°10
Operario especializado: Corta y arma perfiles para Doble Vidriado.
Arma y sella paneles.-
16. SECCION MATRICERIA
CATEGORÍA N°8
Operario especializado: Ayuda en la construcción de herramental de producción
y control, con la supervisión del capataz y/o oficial.-
CATEGORÍA N°13
Oficial matricero: Construye todo tipo de herramental de producción y control sin
supervisión directa.-
RAMA HILO DE VIDRIO
SECCION HILADO
CATEGORÍA N°7
Ayudante.-
Moledor de vidrio.-
CATEGORÍA N°8
Sopleteador en molienda.-
CATEGORÍA N°9
Reserva hilo de vidrio.-
CATEGORÍA N°12
Hilador.-
SECCION VELO
CATEGORÍA N°7
Tira seda.-
CATEGORÍA N°8
Mesero.-
CATEGORIA N° 9
Ayudante maquinista.-
Sierrista.-
CATEGORÍA N°10
Preparador líquido.-
CATEGORÍA N°11
Maquinista pasa hilo.-.
Maquinista bobinador.-
SECCION SATURADO
CATEGORÍA N°7
Tolva de arena.-
Quemador de arena.-
Mesa separadora.-
CATEGORÍA N°9
Ayudante maquinista.-
Entrada de velo.-
CATEGORÍA N°11
Maquinista bobinador.-
Atención calentador fluido térmico.-
Impregnador arenador.-
SECCION FILTROS
CATEGORÍA N°8
Ayudante armado de filtros y mantas.-
CATEGORÍA N°10
Cortador de guillotina manual.-
CATEGORÍA N°11
Filtros generales.-
Cortador cartón en guillotina manual cortadora tiras y troquelado.-
Cortador de chapa máquina y soldador de punto.-
CATEGORÍA N°12
Filtros especiales.-
Armado de mantas.-
DESCRIPCIÓN DE TAREAS PARA LA RAMA HILO DE VIDRIO
SECCION HILADO
Hilador: Comprende a el operario que hace el ablandamiento del vidrio, teniendo
en cuenta el nivel y temperatura del crisol, y extraen del mismo los hilos de vidrio
que conforman la madeja en el tambor giratorio.-
Reserva hilador: Esta categoría comprende al operario que debe reemplazar al
hilador cumpliendo funciones de ayudante cuando está completo el equipo de
hiladores.-
Sopleteador de molienda: Operario que se encarga del primer sopleteo del
vidrio abasteciendo a los turnos respectivos, eliminando todas las impurezas que
el vidrio contenga.-
Ayudante: Operario que realiza tareas de sopleteo final, transporte de vidrio
molido, cortes de madejas, limpieza de la Sección, acarreo de materia prima y
estibaje de madejas terminadas.-
Moledor de vidrio: Operario que debe abastecer la máquina moledora y al mismo
tiempo proveer del vidrio ya molido al sopleteador.-

SECCION VELO
Maquinista - Pasa Hilo: Abastece de líquido a la máquina impregnadora, controla
tejido plástico y realiza la limpieza del rodillo cuando tiene acumulación de fibra,
además pasa los hilos en el caso de material reforzado, reponiendo los mismos
cuando se cortan.-
Maquinista bobinador: Esta categoría comprende al operario que tiene a su
cargo el bobinado de Velo. Controla la longitud y observa el material a bobinar
descartando tramos con defectos visibles.-
Preparador de líquido: Operario que tiene a su cargo la preparación del líquido
para el impregnado de las mallas o madejas. Realiza tareas generales en los
tiempos libres cuando se produce un solo turno.-
Ayudante maquinista: Comprende al operario que realiza la tarea de colocar los
tubos de cartón para bobinado, coloca las cintas en los empalmes, elimina el velo
de descarte de la zona de bobinado y retira los rollos del eje bobinador. Releva al
maquinista en su ausencia.-
Sierrista: Esta categoría comprende al operario que realiza el corte del rollo de
Velo según las medidas solicitadas.-
Mesero: Provee de madejas a los tiradores de seda, previo mojado y estirado de
las mismas.-
Tira seda: Operario que sostiene una punta de la madeja para su posterior
impregnación con líquido, evitando la formación de cordones y realiza los
empalmes entre una madeja y otra.-
SECCION SATURADO
Maquinista bobinador: Esta categoría comprende al operario que tiene a su
cargo el bobinado de Velo saturado en asfalto fraccionado en longitudes y ancho
indicados por al Supervisión, y observa el material a bobinar descartando tramos
con defectos visibles.-
Atención calentador fluido térmico: Atiende el calentador de fluido térmico de
tipo Termopack y verifica el nivel del líquido del calentador semanalmente,
encargándose de la descarga del asfalto y el abastecimiento de la máquina
impregnadora y mezcladora.-
Impregnador arenador: Operario responsable del saturado del velo con asfalto
en la máquina impregnadora. Controla su nivel de asfalto y en el caso de fabricar
membranas determina su espesor y se encarga de la colocación de bobinas de
aluminio y polietileno.-
Ayudante maquinista: Comprende al operario que realiza la tarea de colocar los
tubos de cartón, elimina el material de descarte de la zona de bobinado, colabora
con el Maquinista en el retiro de los rollos del eje bobinador. Reemplaza al
maquinista durante su ausencia.-
Entrada de velo: Operario que realiza los empalmes a fin de alimentar
continuamente la máquina con velo de vidrio, observa el material a desbobinar
descartando aquellos rollos o tramos con defectos visibles.-
Mesa separadora: Operario que realiza la tarea de separar los rollos que no
hubiere quedado bien fraccionado. Cuando se fabrica membranas, algunos
realizan tareas generales dentro de la Sección.-
Tolva de arena: Operario que mantiene la tolva con la arena seca, siendo
responsable de la limpieza de la zaranda. Realiza tareas generales dentro de la
Sección.-
Secador de arena. Operario que abastece a la máquina secadora de arena y
realiza tareas generales dentro de la Sección.-
SECCION FILTROS
Filtros especiales: Esta tarea la realiza el operario principal de un equipo de
personas para la fabricación de filtros de alta complejidad.-
Armado de mantas: Comprende al operario principal del equipo encargado de
corte a medida y colocación de hilos de refuerzo sopleteado y enrollado de
mantas, además de la selección y marca de las mismas en el horno de seca de
aeroglass.-
Filtros generales: Comprende al operario filtrero que se desempeña en el armado
de todo tipo de filtros.-
Cortador cartón en guillotina manual cortadora tiras y troquelado:
Comprende al operario que realiza la tarea de preparador de las distintas
máquinas y el corte de cartón necesario según indicación.-
Cortador de chapa máquina eléctrica y soldador de punto: Comprende al
operario que realiza la tarea de corte de chapa y soldadura de las mismas, como
así también el corte de todo tipo de material metálico.-
Cortador guillotina manual: Esta tarea comprende al operario que realiza el
corte de aeroglass para filtros, cabinas secas y todo tipo de telas para filtros STD y
especiales.-
Ayudante de armado de mantas y filtros: Comprende al operario ayudante que
va adquiriendo los conocimientos necesarios de las tareas.-
RAMA OPTICA
SECCIONES:
1. SERIE (ex Rama Industrial: -pegador
-generador
-extrafinador
-pulidor)
2. LABORATORIO: (ex Oftálmica o superficie)
3. CALIBRADO Y ARMADO: ( ex banco)
4. MANTENIMIENTO
5. BIFOCALES: (ex fundidores)
6. PRENSADO Y MOLDEADO
7. TRABAJOS DE ESPEJOS DE PROYECCIÓN, CONDENSADORES Y
TRATAMIENTO DE SUPERFICIES: ( ex Espejos y otros)
8. RECTIFICACION DE MOLDES Y PREPARACIÓN DE HERRAMIENTAS
DIAMANTADAS
CATEGORÍA N°1
Peón general y/o aprendiz hasta los sesenta (60) días efectivamente trabajados
desde su ingreso, luego pasa a la CATEGORÍA N°3 ( comprende al personal de
todas las secciones). -
CATEGORÍA N°3
Peón y/o aprendiz adelantado, de mas de 60 días de trabajo efectivo, viene de la
CATEGORÍA N°1 ( comprende al personal de todas las secciones). -
Operario (comprende al personal de todas las secciones). -
CATEGORÍA N°4
Ayudante horneador (comprende a la sección de prensado y moldeado). -
CATEGORÍA N°5
Medio Oficial (comprende a las secciones de Serie, Tratamiento de Superficies y
Rectificador de Moldes). -
CATEGORÍA N°6
Requemador (comprende a la Sección de Prensado y Moldeado). -
Prensista (comprende a la Sección de Prensado y Moldeado). -
Cortador (comprende a la Sección de Prensado y Moldeado). -
Medio oficial de mantenimiento.-
CATEGORÍA N°7
Medio Oficial (comprende a las secciones de Laboratorio Calibrado y Armado). -
CATEGORÍA N°8
Ayudante (comprende a la sección Bifocales). -
CATEGORIA N° 9
Horneador de cristales (comprende a la sección de prensado o moldeado). -
Oficial (comprende a la sección de Tratamiento de Superficie, de Serie,
Rectificado de Moldes, Bifocales y Laboratorio).-
CATEGORÍA N°10
Oficiales de Primera que conozcan y ejecuten dos o más de las tres funciones
fundamentales a saber: Generado, Extrafinado y Pulido, revistiendo como mínimo
2 años de antigüedad(comprende a las secciones de Serie, Bifocales y
Laboratorio). -
Inspector Final frontofocómetro o superficie (comprende a la sección Serie).-
Fusionador (comprende a la Sección Bifocales). -
CATEGORÍA N°11
Oficial especializado (comprende a la sección de Tratamiento de Superficie). -
CATEGORÍA N°12
Oficial (comprende a la sección de Mantenimiento). -
CATEGORÍA N°13
Oficial Especializado (comprende a las secciones de Laboratorio y de Calibrado y
Armado). -
Horneador especializado (comprende a las secciones de Prensado o Moldeado). -
CATEGORÍA N°15
Regente (para Opticas). -
DESCRIPCIÓN DE TAREAS PARA LA RAMA OPTICA
SECCION CALIBRADO Y ARMADO
Aprendiz adelantado: (reviste en la Categoría 3): debe colocar pernos, cambiar
patillas y frentes, efectuar tratamientos de bordes, biselar esféricos y colaborar en
sus tareas con el personal de categorías superiores.-
Medio Oficial: (reviste en Categoría 7): debe marcar ejes, cortar, calibrar, tratar
bordes, biselar cristales minerales y/u orgánicos en máquinas manuales y/o
automáticas y armar anteojos de prescripción y o de sol y/o de seguridad
industrial.-
Oficial de 1ra. (reviste en la Categoría 13): Debe interpretar recetas, hacer
inversiones, marcar ejes, cortar, calibrar biselar cristales minerales y/u
orgánicos en máquinas manuales y/o automáticas, armar anteojos de prescripción
y/o de sol y/o de seguridad industrial, hacer soldaduras en general, tratar bordes y
controlar trabajos ejecutados.-
SECCIÓN LABORATORIO
Aprendiz Adelantado (reviste en la Categoría 3): debe ayudar y cooperar en los
trabajos de tallado y pulido de cristales ópticos, minerales y orgánicos.-
Operario (reviste en la Categoría 3): deberá cargar y descargar las máquinas y
realizar tareas de despegado y lavado de cristales ópticos minerales y orgánicos.-
Medio Oficial (reviste en la Categoría 7): debe ejecutar uno de los trabajos
relacionados con el tallado de cristales ópticos (generado, extrafinado y pulido)
así como conocer el manejo de las máquinas del proceso de elaboración.-
Oficial (reviste en la Categoría 9): debe ejecutar uno de los trabajos relacionados
con el tallado de cristales ópticos (generado, extrafinado y pulido) así como
conocer el manejo de las máquinas del proceso de elaboración, ajustarlas, corregir
interferencias y resolver los problemas que puedan presentarse, arbitrando los
medios para mantener la continuidad de producción establecida.-
Oficial de Primera (reviste en la Categoría 10): debe conocer y ejecutar al menos
dos de las tres funciones fundamentales a saber: generado, extrafinado y pulido,
revistiendo como mínimo dos años de antigüedad, conociendo el manejo de las
máquinas del proceso de elaboración, ajustarlas, corregir las interferencias y
resolver los problemas que puedan presentarse arbitrando los medios para
mantener la continuidad de la línea de producción establecida.-
Oficial Especializado (reviste en la Categoría 13): deben interpretar recetas,
hacer inversiones, marcar ejes y todo trabajo relacionado con el tallado y pulido de
cristales ópticos minerales y orgánicos, controlar trabajos efectuados, interpretar y
tallar todo tipo de bifocales y multifocales, -
SECCION TRABAJOS DE ESPEJOS DE PROYECCIÓN, CONDENSADORES Y
TRATAMIENTO DE SUPERFICIES
Aprendiz Adelantado (reviste en la Categoría 3): debe ayudar y cooperar en los
trabajos de tallado y pulido de espejos de proyección y condensadores, así como
los tratamientos de superficie en su caso (metalizado y espejado). -
Medio Oficial (reviste en la Categoría 5): el Medio Oficial debe saber ejecutar
cualquiera de los trabajos de tallado y pulido de los espejos condensadores y/o
realizar las tareas de metalizado y espejado.-
Oficial (reviste en la Categoría 9): debe saber tallar toda clase de superficies,
saber calibrar y biselar y saber controlar los trabajos efectuados, así como en su
caso metalizar y espejar.-
Oficial Especializado (reviste en la Categoría 11): debe tallar, esmerilar y pulir
cualquier clase de superficies, rectificar, calibrar y biselar, interpretar el foco de
proyección y saber controlar los trabajos efectuados.-
SECCION BIFOCALES
Ayudante (reviste en la Categoría 8): debe efectuar la limpieza y preparado de
cristales, colocación de películas y realizar tareas indicadas por el Fusionador.-
Oficial (reviste en la Categoría 9): debe generar, extrafinar y pulir y/o pegar cunas
y/o lentillas.-
Fusionador (reviste en la Categoría 10): debe efectuar la limpieza y preparado
de cristales, colocación de películas, atención de horno y controlar tareas del o de
los ayudantes.-
Oficial de Primera (reviste en la Categoría 10): debe conocer y realizar por lo
menos dos de las tres operaciones fundamentales, a saber: generado, extrafinado
y pulido, con dos años como mínimo de antigüedad.-
SECCION PRENSADO Y MOLDEADO DE CRISTALES
Ayudante Horneador (reviste en la Categoría 4): será todo obrero que se inicie
en esta especialidad.-
Requemador (reviste en la Categoría 6): esta tarea se refiere exclusivamente a
aquellos obreros que ablandarán el vidrio para moldearlo.-
Horneador de Cristales (reviste en la Categoría 9): debe conocer el
funcionamiento de los hornos, tener conocimientos de mecánica relativos a sus
tareas, conocer el grado de dilatación de los cristales, saber prensarlos y curvarlos
de varios diámetros.-
Horneador Especializado de Cristales (reviste en la Categoría 13): debe
conocer el funcionamiento y arreglo de los hornos, tener suficientes conocimientos
de mecánica relacionados a sus tareas, conocer el grado de dilatación y
ablandamiento de los diversos tipos de cristales, saber prensar y curvar cristales
de varios diámetros, controlar y vigilar trabajos del prensador y saber controlar los
trabajos efectuados.-
SECCION SERIE
Aprendiz (reviste en la Categoría 1): el aprendiz debe ayudar y cooperar en
todos los trabajos de la línea de producción.-
Aprendiz Adelantado (reviste en la Categoría 3): es el aprendiz con más de 60
días de trabajo efectivo.-
Operario (reviste en la Categoría 3): se considera como tal al que realice la tarea
de cargar y descargar las máquinas dentro de los ciclos estipulados. La
responsabilidad se limita al cuidado de colocar el trabajo en las espigas que
correspondan, como asimismo observar cualquier falla que se produzca durante la
elaboración y comunicar la misma inmediatamente a su encargado. El personal de
control, empaque, ensobrado, despegado y lavado será considerado también
operario.-
Medio Oficial (reviste en la Categoría 5): debe ejecutar los trabajos relacionados
con el tallado de cristales ópticos y colaborar con el Oficial.-
Oficial (reviste en la Categoría 9): debe ejecutar uno de los trabajos
relacionados con el tallado de cristales ópticos (generado, extrafinado y pulido) así
como conocer el manejo de las máquinas del proceso de elaboración, ajustarlas,
corregir interferencias y resolver los problemas que puedan presentarse arbitrando
los medios para mantener la continuidad de la línea de producción establecida.-
Oficial de Primera (reviste en la Categoría 10): debe conocer y ejecutar al
menos dos de las tres funciones fundamentales, a saber: generado, extrafinado y
pulido, revistiendo como mínimo dos años de antigüedad, conociendo el manejo
de las máquinas del proceso de elaboración, ajustarlas, corregir las interferencias
y resolver los problemas que puedan presentarse arbitrando los medios para,
mantener la continuidad de la línea de producción establecida.-
Inspector Final (reviste en la Categoría 10): debe conocer todos los defectos de
los cristales y las causas que los motiven, así como también todo trabajo
relacionado con el control óptico final frontofocómetro y superficie.-
SECCION MANTENIMIENTO
Aprendiz (reviste en la Categoría 3): son aquellos que inician su actuación sin
experiencia práctica previa y colaboran con los Oficiales y Medio Oficiales.-
Medio oficial (reviste en la Categoría 6): en Planta: debe poder realizar las
tareas de mantenimiento mecánico o eléctrico necesarias como para mantener la
continuidad del proceso de fabricación. En el Taller: quien maneje las máquinasherramientas
y que pueda efectuar los trabajos de ajuste en los equipos de
producción que fueran sacados de la línea de fabricación.-
Oficial (reviste en la Categoría 12): debe acreditar los conocimientos teórico
prácticos que le permitan interpretar dibujos y/o planos mecánicos y/o eléctricos,
especificaciones y tolerancias para realizar las tareas de mecanizado de repuestos
y ajuste de las maquinarias de producción.-
SECCION RECTIFICACIÓN DE MOLDES Y PREPARACIÓN DE
HERRAMIENTAS DIAMANTADAS
Medio Oficial (reviste en la Categoría 5): rectifica los moldes esféricos y tórnicos
de las secciones de serie y/o laboratorio. Prepara y rectifica las herramientas
diamantadas.-
Oficial (reviste en la Categoría 9): realiza las tareas descriptas para el Medio
Oficial, controlando además la exactitud del trabajo realizado con cualquier
instrumento de medición.-
TABLA DE JORNALES BÁSICOS DIARIOS Y PREMIO A LA MAYOR Y MEJOR
PRODUCCIÓN PARA LA RAMA OPTICA A PARTIR DEL 1 DE NOVIEMBRE DE
1991.
PERSONAL MAYOR - AMBOS SEXOS
CATE- JORNAL BASICO PREMIO A LA MAYOR ADICIONAL
GORIA DIARIO Y MEJOR PRODUCCIÓN TOTAL 19% TOTAL
=A= =A= =A=
1 49.497 16.612 66.109 12561 78.670
2 51.022 16.995 68.017 12.923 80.940
3 52.366 17.448 69.814 13.265 83.079
4 53.762 17.952 71.714 13.626 85.340
5 57.172 20.279 77.451 14.716 92.167
6 58.834 20.632 79.466 15.099 94.565
7 60.178 22.255 82.433 15.662 98.095
8 61.044 23.755 84.799 16.112 100911
9 62.183 25.420 87.603 16.645 104248
10 65.278 26.761 92.039 17.487 109526
11 67.795 27.647 95.442 18.134 113576
12 69.041 29.750 98.791 18.770 117561
13 72.894 31.279 104.173 19.793 123966
14 74.466 33.356 107.822 20.486 128308
15 77.173 34.822 111.995 21.279 133274
Asignación por Título (exclusivo para Opticas): mensual
a) Regente (director Técnico) =A= 949.788 (8 horas de permanencia)
b) Bloqueo de Título (habilitado a firmar libro recetario y receta) =A= 506.620
(8 horas de permanencia).
c) Título de Optico Técnico, experto en óptica, perito óptico, extendido
por autoridad nacional (no haciendo uso de la empresa) =A= 190.316
(con 8 horas de permanencia).
Escalafón – Adicional por Antigüedad para la Rama Optica
A partir: 1 de noviembre de 1991
Inicial =A= 18.344
Al cumplir 1 año y hasta 2 años cumplidos =A= 20.585
Al cumplir 2 años y hasta 3 años cumplidos =A= 21.831
Al cumplir 3 años y hasta 4 años cumplidos =A= 22.217
Al cumplir 4 años y hasta 5 años cumplidos = A= 23.355
Al cumplir 5 años y hasta 6 años cumplidos = A= 24.028
Al cumplir 6 años y hasta 7 años cumplidos = A= 24.602
Al cumplir 7 años y hasta 8 anos cumplidos = A= 25.474
Al cumplir 8 años y hasta 9 años cumplidos =A= 26.428
Al cumplir 9 años y hasta 10 años cumplidos =A= 27.063
Al cumplir 10 años y hasta 12 años cumplidos =A= 27.673
Al cumplir 12 años y hasta 15 años cumplidos = A= 30.231
Al cumplir 15 años y hasta 20 años cumplidos =A= 33.363
Al cumplir 20 años y hasta 25 años cumplidos = A= 37.016
Al cumplir 25 años y hasta 30 años cumplidos = A= 39.399
Al cumplir 30 años en adelante = A= 42.091
ARTICULO 5° - OPERARIO QUE REALIZA UNA O MÁS TAREAS
A todo operario/a que en cualquier establecimiento realice una o más tareas
suscriptas en este Convenio Colectivo de Trabajo en forma permanente, gozará
del jornal y premios de la tarea de mayor categoría que realiza.-

ARTICULO 6° - CAMBIO DE TAREAS
Ningún operario/a podrá ser rebajado de la tarea específica, especialidad o
categoría que actualmente figura en su tarjeta o recibo de liquidación de haberes,
salvo que el interesado acepte el cambio previa comunicación expresa y no lo
objete formalmente dentro de los 60 días corridos. A tal fin, las empresas se
comprometen a mencionar en la tarjeta o recibo de liquidación de haberes la tarea
o especialidad o categoría que corresponde al operario/a, teniendo las mismas
permanentemente actualizadas. El operario/a que eventualmente tuviese que
realizar tareas inherentes a una categoría inferior a la que pertenece, dentro de su
sector o fuera del mismo, por causas fortuitas o de la empresa, sin que medie la
causal que se menciona en primer párrafo de este artículo, no sufrirá disminución
en su jornal y premios de su categoría por un período máximo de 90 días.
ARTICULO 7° - PARALIZACIÓN DE TAREAS
a) A todo operario/a que al presentarse al trabajo no pudiera hacerlo por
paralización parcial de sus tareas habituales provocadas por una rotura o
reparación de máquinas o falta de materias primas, causas éstas no
imputables a los operarios y que impidan que pueda desarrollar sus tareas
habituales o de equipo, corresponderá se le abone el 100% de su jornal y
premio habituales. En el caso que el empleador pudiera destinarlo a otras
tareas, el operario se obliga a realizarlas.-
b) Cuando el operario al presentarse a trabajar no pudiera realizar sus tareas
habituales o de equipo por ausencia de dos (2) de sus compañeros de
tareas, corresponderá que se le abone el primer día solamente el 50% de
su jornal y premio habituales.-
Este inciso no será de aplicación cuando las ausencias sean originadas por
accidentes, vacaciones, permisos o licencias concedidas, en cuyo caso
será de aplicación el inciso a). En el caso de que el empleador pudiera
destinarlo a otras tareas, el operario/a se obliga a realizarlas.-
c) A todo operario que haya trabajado una hora y que se produzcan los
inconvenientes antes mencionados, se le abonará su jornal y premios como
si hubiera trabajado, pudiendo en este caso el empleador destinarlo a otras
tareas, las que el operario/a se obliga a realizar.-
d) Cuando durante la jornada de labor exista una paralización parcial de las
tareas provocada por roturas, limpieza de máquinas o falta de materias
primas no imputable al operario y que signifiquen una mengua en el jornal,
serán bonificados en una proporción que llegue al jornal establecido por el
presente Convenio, sin perjuicio de poder ser destinados a otra labor, la
que el operario/a se obliga a realizar.-
Quedan excluidos de los beneficios establecidos en esta cláusula, los casos
fortuitos o de fuerza mayor y las restricciones impuestas por el Poder Público.-
ARTICULO 8°- TAREAS RAMAS AFINES
Las especialidades tales como carpintero, pintor, etc., cuyas tareas están
contempladas en las categorías de la Industria Madre, se regirán por los jornales
fijados para éstas en la Industria Madre.-
ARTICULO 9°- TAREAS NO ESPECIFICADAS
A todo operario/a que realice una tarea no especificada en este Convenio se le
aplicará el jornal básico y premios establecidos para la tarea más similar. En caso
de surgir diferencias en la categorización, la misma se determinará por el
mecanismo del Art. N° 61 de este Convenio Colectivo de Trabajo.-
ARTICULO 10° - CAMBIO TAREAS APRENDICES
Se procurará no cambiar de destino a los aprendices, a los efectos de no retardar
el aprendizaje.-
ARTICULO 11° - ESCALAFON POR ANTIGÜEDAD
a) A partir de su ingreso al establecimiento los obreros percibirán además de su
jornal básico diario una suma adicional de antigüedad, de acuerdo a la
siguiente escala:
A partir: 1 de Noviembre de 1991
Inicial =A= 18.344
Al cumplir 1 año y hasta 2 años cumplidos = A= 20.227
Al cumplir 2 años y hasta 3 años cumplidos = A= 21.276
Al cumplir 3 años y hasta 4 años cumplidos = A= 21.598
Al cumplir 4 años y hasta 5 años cumplidos = A= 22.553
Al cumplir 5 años y hasta 6 años cumplidos = A= 23.129
Al cumplir 6 años y hasta 7 años cumplidos = A= 23.598
Al cumplir 7 años y hasta 8 años cumplidos = A= 24.329
Al cumplir 8 años y hasta 9 años cumplidos = A= 25.136
Al cumplir 9 años y hasta 10 años cumplidos = A= 25.676
Al cumplir 10 años y hasta 12 años cumplidos = A= 26.189
Al cumplir 12 años y hasta 15 años cumplidos = A= 28.291
Al cumplir 15 años y hasta 20 años cumplidos = A= 30.964
Al cumplir 20 años y hasta 25 años cumplidos = A= 34.032
Al cumplir 25 años y hasta 30 años cumplidos = A= 36.038
Al cumplir 30 años en adelante = A= 38.300
b) Para la aplicación de la escala precedente se computará la antigüedad total de
prestación de servicios en el establecimiento.-
c) L a aplicación del escalafón se hará el día 1° de Enero de cada año.-
d) El cómputo de la antigüedad se hará en la siguiente forma: a partir del primer
año cumplido se computara como un año las fracciones no menores de 6 (seis)
meses.-
e) Queda también convenido que en ningún caso, por la aplicación del nuevo
escalafón, los trabajadores percibirán menos de lo que percibían actualmente.-
f) El escalafón es de total aplicación para todo el personal que realice tareas
encuadradas en este convenio.-
ARTICULO 12 ° - COMPUTO DE ANTIGÜEDAD
A los efectos de la aplicación de las condiciones establecidas en el presente
Convenio, se computará a todo operario/a la antigüedad total de prestación de
servicios en los distintos establecimientos de una misma empresa.-
.
ARTICULO 13°- REEMPLAZOS
Cuando un operario/a reemplace fortuita o transitoriamente a otro de igual o mayor
categoría, a partir del primer día se le abonará el jornal que le corresponda a la
categoría de la tarea reemplazada. Al cesar en la tarea asignada se reintegrará a
su tarea anterior con el jornal correspondiente habitual. Cuando ocupe un puesto
vacante en una categoría mejor remunerada, luego de los 30 días corridos
efectivamente trabajados o en su defecto 60 alternados, debe ser confirmado en el
puesto, siempre que reúna las condiciones para el mismo, recibiendo el jornal
asignado para él puesto que desempeñe; no se computarán los días que trabaje
reemplazando a otro operario/a ausente, ya que sea por accidente, vacaciones,
enfermedad, servicio militar o permisos especiales. Comprende también este
artículo a los operarios/as menores de 18 años (ambos sexos). -
Se entiende por categoría aquel grupo de tareas remuneradas con un mismo
jornal básico.-
ARTICULO 14° - REEMPLAZO MAQUINAS SCHILLER
Cuando las máquinas Schiller aplicadas a un horno sean reemplazadas por
máquinas de producción automática, los oficiales Schilleristas (maquinistas y
sacadores), y los destacadores que queden desplazados, percibirán su
remuneración de acuerdo al Articulo 6° de este Convenio.-
Queda convenido y aclarado que los trabajadores no podrán negarse a ocupar las
plazas de oficiales y destacadores de su especialidad que circunstancialmente se
produjeran, pues ello será motivo suficiente para retirarle su carácter de tal y por lo
tanto la ventaja emergente del presente Convenio. La remuneración que percibirán
realizando tareas de menor salario no justificará pedido de equiparación del resto
del personal de la sección o cualquier otra. No se aplicará este acuerdo cuando en
un horno de producción automática se coloquen temporalmente máquinas Schiller
y posteriormente sean retiradas.-.
ARTICULO 15°- FORMACIÓN DE PLAZAS DE FABRICACIÓN A
MAQUINA Y/O A MANO
Para aquellos establecimientos en que hubiere oficiales de fabricación
(maquinistas o manuales) desplazados, las plazas de fabricación se formarán de
acuerdo a lo siguiente:
Soplado (Gran Plaza): Los puestos se cubrirán por orden descendente con
oficiales sopladores de gran plaza, teniendo en cuenta antigüedad y capacidad en
la especialidad. Si con el número de oficiales sopladores de gran plaza no se
llegaran a cubrir los puestos, los mismos serán cubiertos siempre en orden
descendente por oficiales sopladores de plaza chica que no tuvieran plaza o en su
defecto por oficiales que en el transcurso del tiempo hayan acreditado cierta
experiencia en soplado y que eventualmente puedan reemplazar a los oficiales
efectivos de la plaza o, en su defecto por operarios con antigüedad y capacidad en
la especialidad, ya sean colateros, sacadores, destacadores o portadores.-
Soplado: Si trabajara solamente soplado y las “ gran plaza” estuvieran
desarmadas, las tareas de oficiales efectivos y las demás tareas en orden
descendente serán desempeñadas por los oficiales de gran plaza. Si con el
número de oficiales sopladores de gran plaza no se llegaran a cubrir los puestos
se seguirá el mismo procedimiento indicado en soplado gran plaza.-
Prensa Grande: Los puestos se cubrirán por orden descendente con oficiales de
prensa grande, teniendo en cuenta antigüedad y capacidad en la especialidad. Si
con el número de oficiales de prensa grande no se llegaran a cubrir los puestos,
los mismos serán cubiertos, siempre en orden descendente, por oficiales de
prensa chica que no tuvieran plaza o en su defecto por oficiales que en el
transcurso del tiempo hayan acreditado cierta experiencia en prensa y que
eventualmente puedan reemplazar a los oficiales efectivos de la plaza o en su
defecto por operarios con antigüedad y capacidad en la especialidad, ya sean
ayudantes de prensa, requemador o portador.-
Prensa Chica: Si trabajara solamente prensa chica y la prensa grande estuviera
desarmada, las tareas de oficiales efectivos y las demás tareas, en orden
descendente, serán desempeñadas por los oficiales de prensa grande. Si con el
número de oficiales de prensa grande no se llegara a cubrir los puestos, se
seguirá el mismo procedimiento indicado en prensa grande.-
ARTICULO 16°- TRABAJO EN DIAS SABADO DESPUÉS DE LAS 13 HORAS
El operario/a que deba trabajar los días sábado entre las 13 horas y las 24 horas,
percibirá su jornal y premios, incrementados en una suma igual, por las horas
efectivamente trabajadas.-
ARTICULO 17° - TRABAJO EN DIAS DOMINGO
El operario/a que deba trabajar los días domingo percibirá su jornal y premios,
incrementados en una suma igual.-
Es obligatorio otorgar un día franco compensatorio al operario/a que trabaje su
jornada habitual en día domingo
ARTICULO 18° - FERIADOS NACIONALES EN VACACIONES
Cuando el período de goce de las vacaciones de un operario/a incluyera un día
declarado feriado nacional pago, corresponderá se abone al trabajador dicho día
como si realmente lo hubiera trabajado, respetando el horario de su turno o
equipo de trabajo habitual.-
ARTICULO 19° - VACANTES
Las empresas respetarán la antigüedad y capacidad del operario/a en cada
sección, a los efectos del ascenso que pudiera producirse. En caso de que con el
personal de sección no pudiera llenarse la vacante, se dará preferencia a los
obreros efectivos de la casa, siempre y cuando acrediten idoneidad para las tareas
que deban realizar.
ARTICULO 20° - DIA DEL VIDRIERO
El día 11 de junio ha sido instituido como el día del Vidriero y en ese día los
operarios /as paralizarán sus tareas. No obstante, percibirán por esa jornada no
trabajada, el importe correspondiente simple como si lo hubiera trabajado.
Para hacerse acreedor al pago de dicho día el operario/a deberá trabajar el
número de días anteriores y posteriores que fija la ley para el pago de los feriados
nacionales.-
Al personal de guardia que deba trabajar ese día, como así también el que deba
hacerlo únicamente en caso de emergencia, se le abonará su jornal y premios
incrementados en una suma igual.-
ARTICULO 21° - ENFERMEDAD
El obrero u obrera que por enfermedad no pueda concurrir a sus tareas, está
obligado a dar aviso de inmediato a la oficina de personal del establecimiento por
medio de telegrama simple con copia certificada. A los efectos de facilitar el
contralor de la evolución de la misma por los médicos que aquella designe, el texto
del telegrama a enviarse deberá ajustarse según los casos a los siguientes textos:
1° CASO
Nombre de la Empresa...............................................................................................
Dirección.....................................................................................................................
Enfermo concurro.......................................................................................................
Ficha o Chapa N°........................................................................................................
Este texto quiere decir que el operario tiene una indisposición que a su juicio no le
permite trabajar pero sí concurrir en el día al servicio médico de la Empresa a
hacer controlar su enfermedad.-
2° CASO
Nombre de la Empresa...............................................................................................
Dirección.....................................................................................................................
Enfermo imposibilitado................................................................................................
Ficha o Chapa N°........................................................................................................
Este texto quiere decir que el obrero/a no puede movilizarse por su enfermedad y
que, por lo tanto, requiere control domiciliario. En igual forma deberá proceder en
caso de internación en cualquier establecimiento de salud indicando la dirección
del mismo a idénticos fines.-
Las Empresas que no tengan consultorio médico se obligan a indicar a su
personal el lugar donde deben concurrir para el reconocimiento médico.-
Los días de enfermedad debidamente justificados se abonarán al operario/a como
si realmente los hubiera trabajado.-
En caso de accidente se aplicará el mismo criterio.-
ARTICULO 22° - SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO
Las empresas son responsables de la seguridad e higiene en el trabajo para con
los operarios/as que ocupan quienes cumplimentarán la siguientes normas:
a) Comunicar anualmente, durante el 2do bimestre, los lineamientos de los
programas de seguridad e Higiene a desarrollar en los establecimientos de
la Industria del Vidrio y Afines a la Comisión Directiva del SOIVA que podrá
efectuar las sugerencias al respecto que estime oportunas.-
b) Revisión y exámenes médicos por lo menos, una vez al año, registrando los
resultados en el respectivo legajo de salud.-
c) Mantener el buen estado de conservación, utilización y funcionamiento las
maquinarias, instalaciones y útiles de trabajo.-
d) Instalar los equipos necesarios para la renovación del aire y eliminación de
gases, humos, vapores y demás impurezas producidas en el curso del
trabajo.-
e) Mantener el buen estado de conservación, uso y funcionamiento las
instalaciones eléctricas, sanitarias y de agua potable.-
f) Evitar la acumulación de desechos, residuos y elementos que constituyen
riesgo para la salud y de producir accidentes, efectuando en forma
periódica limpieza y desinfección pertinentes.-
g) Eliminar y aislar los ruidos y/o vibraciones perjudiciales para la salud de los
trabajadores.-
h) Instalar los equipos necesarios para afrontar los riesgos en caso de
incendio y otros siniestros.-
i) Disponer de medios adecuados para la inmediata prestación de primeros
auxilios y vehículo de traslado en caso de accidente.-
j) Colocar y mantener en lugares visibles avisos que indiquen medidas de
higiene y seguridad, adviertan peligrosidad en las maquinarias e
instalaciones.-
k) Promover la capacitación del personal en materia de higiene y seguridad en
el trabajo, particularmente en lo relativo a prevención de los riesgos
específicos de las tareas asignadas.-
Con la finalidad del aprovechamiento de lo convenido en este artículo los
operarios /as quedan comprometidos a:
a) Cumplir las normas de seguridad e higiene referentes a las obligaciones de
uso, conservación y cuidado del equipo de protección personal y de los
propios de las maquinarias, operaciones y procesos de trabajo.-
b) Someterse a los exámenes médicos preventivos y periódicos.-
c) Cuidar la conservación de los avisos y carteles que indiquen medidas de
seguridad e higiene y observar sus prescripciones.-
d) Colaborar en la organización de programas de formación y educación en
materia de higiene y seguridad y asistir a los cursos que se dictaren,
siéndole abonadas las horas de capacitación (jornal de la categoría más
premios) en forma simple. De la misma manera se procederá cuando los
cursos se dictaren fuera del horario habitual de trabajo.-
ARTICULO 23° - VESTUARIOS Y GUARDARROPAS
Las empresas deberán proveer vestuarios y guardarropas en cantidad suficiente
para el personal obrero del establecimiento.-
ARTICULO 24°- EQUIPOS DE ROPA DE TRABAJO
a) Las empresas proveerán de dos (2) equipos de ropa de trabajo por año, a
cada operario u operaria que se encuentre realizando efectivamente
tareas.-
b) La ropa de trabajo, que debe proveer cada empresa a sus operarios u
operarias será entregada un equipo en el mes de enero y otro en el mes
de julio
Cuando la naturaleza y o condiciones de las tareas realizadas motive
desgaste de la ropa que origine su inutilidad, se procederá al cambio
correspondiente contra entrega del fuera de uso.-
c) Las empresas de acuerdo a normas de seguridad proveerán de guantes,
anteojos u otros elementos de seguridad personal de acuerdo a las
características de las tareas, éstos correrán por cuenta exclusiva de las
mismas, siendo obligatorio su uso. Se concederán guantes gratuitamente
a los obreros: Ferraceros, revisadores al pie del archa, al personal de
fabricación automática, prensistas, maquinistas, destacadores y
ayudantes de prensa, composición, personal de patio, carga y descarga o
cualquier otra tarea no especificada en este inciso y que por razones de
seguridad sea necesario el uso de los mismos, contra entrega de los fuera
de uso.
d) Las empresas proveerán a todo el personal de un par de calzado de
seguridad por año y de acuerdo a las necesidades de cada tarea.-

ARTICULO 25° – ENTREGA DE LECHE
Las empresas concederán un litro de leche pasteurizada o su equivalente en leche
en polvo, en forma indistinta, a todo operario que trabaje donde haya
desprendimiento de polvo o gases tóxicos.
La organización obrera requerirá los servicios de Salud Pública para que se
dictamine en el caso de que estimare le corresponde sea suministrada leche a
alguna sección que actualmente no se le concede.-
ARTICULO 26° - HERRAMIENTAS
Las empresas entregarán a cargo de los operarios/as herramientas necesarias
para el desempeño de sus tareas. La reposición de las mismas se efectuará
únicamente cuando la supervisión lo disponga, contra entrega de las que el
desgaste o rotura producida por el uso normal, así lo determine, cuando así no se
hiciese, las mismas serán abonadas por el operario/a que las tuviera a su cargo.-
ARTICULO 27° - CARGA PARA OPERARIOS
Los trabajadores no podrán cargar pesos mayores de 50 Kg. para los varones y
mayores de 35 kg. para las mujeres. En caso que los operarios deban descargar,
movilizar o estibar bultos cuyo peso exceda los máximos fijados, las empresas
dispondrán para realizar dichas tareas, el número de personas necesarias para
que cada una de ellas no realice un esfuerzo superior al que demanden los
pesos máximos estipulados en el presente artículo.
ARTICULO 28° - JORNAL DE MENORES
Los menores de ambos sexos percibirán el jornal de mayores al desempeñarse en
idénticas tareas e iguales horas de trabajo.-
Los menores al cumplir la edad de 18 años pasarán a percibir el jornal de
mayores, de acuerdo a la escala fijada en la categoría que ocupan, teniendo en
cuenta la antigüedad en el establecimiento.-
ARTICULO 29° - DESEMPEÑO DE TAREAS EN OTRO ESTABLECIMIENTO DE
MANUFACTURA DE VIDRIO
La comprobación ya sea por parte de la empresa o por la organización sindical, de
que un obrero desempeña tareas en otro establecimiento de la industria del vidrio,
en cualquiera de sus ramas dentro de las horas de trabajo o fuera de ellas,
justificará que ello se considere como rescisión del contrato de trabajo.-
ARTICULO 30° - ENCUADRAMIENTO DE PERSONAL
Todo operario/a que sea mensualizado y realice tareas específicas de la presente
Convención Colectiva de Trabajo queda encuadrado dentro del mismo.-
ARTICULO 31° - PERSONAL MENSUALIZADO
El operario/a que a opción de la empresa sea mensualizado percibirá el jornal y
premios de la categoría en que se desempeña multiplicado por 26 días. Además,
al igual que el jornalizado, percibirá como adicional un día por semana en
concepto de descanso semanal pago.-
ARTICULO 32° - DESCARTE DE MERCADERÍA
Cuando existan descartes de mercaderías imputables al operario/a, la empresa
deberá mostrar al interesado las piezas completas que se consideren malas en su
totalidad, las que sean malas el afectado tendrá derecho a destruirlas, de no ser
así, deberá computarse para la liquidación del jornal y premios. En el armado de
lámparas corresponderá la recuperación del material. La mercadería mala, no
imputable al operario/a, como ser piedras, cuerdas, marcas, vidrio picado, chatas
o roturas del archa o cualquier otro defecto del vidrio o máquina, le será abonado
al operario/a íntegramente de acuerdo al jornal o tarifa vigente. En el caso de
fabricación de vasos irrompibles, las roturas producidas en el baño de agua o
aceite, no serán imputables al operario/a, por lo tanto, se computarán para la
liquidación del jornal y premios.-
ARTICULO 33° - TRABAJO SOBRE MOJADO Y EN DIAS DE LLUVIA Y FRIO.
El operario/a que realice trabajos sobre mojado, tendrá derecho a que se le
conceda delantal impermeable y calzado apropiado.-
Cuando las circunstancias lo requieran se le proveerá también de guantes de
goma.-
Los operarios/as que trabajen al intemperie tendrán a disposición impermeables,
calzado apropiado y camperas de abrigo para desempeñar sus tareas en los días
de lluvia y/o frío.-
ARTICULO 34°
Se ratifica el derecho de las partes de decidir autónomamente negociar en forma
colectiva; por ello el ámbito territorial, personal y la vigencia de este convenio
colectivo estarán condicionadas al ejercicio de esa facultad, pero las partes, desde
ya, dejan señalado que se ajustarán, como medio idóneo, a los principios y
modalidades siguientes:
a) Las empresas de la Industria del Vidrio y Ramas Afines de todo el país,
reconocerán al S.O.I.V.A. con personería gremial N° 36, como único
representante del personal obrero que ocupan.
b) Con tal motivo las ramas que figuren en el presente convenio, grupos de
empresas o empresas podrán efectuar, con la participación del S.O.I.V.A.,
actualizaciones o aumento de jornales, tarifas, premios u otras
retribuciones y discutir cláusulas de productividad, como así condiciones
de trabajo.
c) Los acuerdos parciales a que se puedan arribar en función de este
artículo, deberán mejorar las condiciones mínimas del presente Convenio
Colectivo o agregar cláusulas que lo mejoren, todo ello en beneficio de los
trabajadores.
La calificación de más beneficioso para los trabajadores será definido
exclusivamente por las partes, atendiendo a las definiciones que puedan ser
necesarias en base a las ventajas no solo económicas y/o individuales, sino
también colectivas.
ARTICULO 35° - RECIPROCIDAD FRENTE A SITUACIONES DE
COMPETENCIA DESLEAL
Las partes signatarias del presente convenio se comprometen expresamente a
velar por el crecimiento de las estructuras productivas y de las fuentes de trabajo
de manera tal de alcanzar niveles de competitividad que permitan trabajar sobre
estándares internacionales en el marco de una apertura económica con vistas a la
integración regional y mundial.
La competencia desleal en sus dos tipos: INTERNA (clandestinidad y evasión) y
Externa (subfacturación, dumping, etc.) pone en peligro a la industria del sector y
debe ser contrarrestada mediante el accionar conjunto del sector obrero y del
empresario. A tales efectos y ante la denuncia expresa de cualquier sector
signatario se constituirán comisiones mixtas de trabajo y divulgación.
Estas comisiones mixtas deberán efectuar todas las gestiones y denuncias
pertinentes ante los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
ARTICULO 36° - BENEFICIOS CONVENIOS ANTERIORES DE RAMAS AFINES
Los establecimientos pertenecientes a las ramas afines de la Industria del Vidrio
respetarán todas las mejoras o beneficios acordados en los convenios respectivos
de cada rama, siempre que tales mejoras o beneficios, no resulten acumulativos
en los establecidos en la presente Convención Colectiva de Trabajo, en este caso
se abonarán las que sean superiores.-
ARTICULO N° 37- BENEFICIOS ABSORBIDOS POR LEYES, DECRETOS, ETC.
En caso de que alguno de los beneficios acordados en la presente convención
fueran otorgados en el futuro por leyes o decretos o resoluciones emanadas de los
Poderes Públicos, dichos beneficios quedarán anulados y reemplazados por los
concedidos por dichos poderes.-
ARTICULO 38° - JORNALES BÁSICOS.
a) Escala de jornales básicos para el personal mayor de ambos sexos,
vigente a partir del 1 de noviembre de 1991. -
CATEGORÍA =A=
1 49.497
2 51.022
3 52.366
4 53.762
5 57.172
6 58.834
7 60.178
8 61.044
9 62.183
10 65.278
11 67.795
12 69.041
13 72.894
14 74.466
15 77.173
b) Escala de jornales básicos para personal menor de ambos sexos, vigente
a partir del 1 de noviembre de 1991. -
CATEGORÍA =A=
1 46.726
2 47.104
3 48.024
4 49.047
5 52.558
6 53.642
7 54.718
c) Damajuanas- Jornal básico diario vigente a partir del 1 de noviembre de
1991. -
Damajuanas
3 litros 72.616
5 litros 72.616
6 litros 72.616
10 litros 2.500 y 3.000 grs. 73.461
14 litros 73.461
16 litros 73.461
20litros 73.461
25 litros 73.461
Caramañolas:
3 litros 71.538
5 litros 71.538
Garrafas calentadas a pulgar:
5 litros 73.083
10 litros 73.083
Tarros aceituneros a la baba:
8 litros 73.083
14 litros 73.083
20 litros 73.083
Flotantes:
Chicos y grandes 73.083
Maquinas Schiller:
Relevos 74.362
Damajuanas a máquina:
5 litros 80.704
10 litros 81.581
11 litros 89.814
20 litros 89.814
25 litros 89.814
Tarros a máquina:
8 litros 89.814
14 litros 89.814
Todo aquel cortador que trabaje en la damajuana que corta 1 y 1 cobrará igual que
el oficial.-
ARTICULO 39° - PREMIOS A LA MAYOR Y MEJOR PRODUCCIÓN
a) Escala de premios a la mayor y mejor producción para el personal mayor
de ambos sexos, a partir del 1 de noviembre de 1991. -
CATEGORÍA =A=
1 16.612
2 16.995
3 17.448
4 17.952
5 20.279
6 20.632
7 22.255
8 23.755
9 25.420
10 26.761
11 27.647
12 29.750
13 31.279
14 33.356
15 34.822
16
b) Escala de premios a la mayor y mejor producción para el personal menor
de ambos sexos, a partir del 1 de noviembre de 1991. -
CATEGORÍA =A=
1 15.492
2 15.717
3 15.920
4 16.400
5 17.674
6 17.862
7 18.202
c) Consideraciones generales
1. Los montos diarios de jornales y los montos diarios de los premios son cifras
independientes entre sí, sin relación porcentual alguna, siendo una de ellas el
resultado de negociaciones mantenidas entre las partes para cada rubro.-
2. Los empresarios cada vez que lo estimen necesario y conveniente para las
partes, podrán presentar a consideración de los trabajadores nuevos sistemas de
premios variando las bases de los existentes y cuyo resultado será hacer
participar a los trabajadores de las economías que por el cambio se obtengan.-
3. Los convenios internos de fábricas celebrados con intervención del
Sindicato, de acuerdo al Articulo 34° de este Convenio Colectivo de Trabajo, son
impersonales y tienen el carácter de colectivos puesto que se celebran para el
personal que integra o pudiera integrar cada una de las secciones del
establecimiento.-
4. La presentación de un nuevo sistema de trabajo y en consecuencia la
posible variación de las escalas de premios para una o más secciones, no obligará
al empleador a tener que hacerlo en otra o todas las secciones del
establecimiento.-
5. Los trabajadores a través de las autoridades sindicales enumeradas en el
artículo 34° podrán presentar a consideración de los empleadores proyectos que
signifiquen mejorar los rendimientos y en consecuencia participar de las
economías que resulten de su aplicación, incrementándose los premios que
perciben.-
6. Lo estipulado en los puntos segundo y quinto no obliga a su aceptación por
las partes, en lo referente a premios, si no se demuestra que con su realización se
consigue un real y positivo aumento de productividad.-
7. En los establecimientos que a la fecha no hayan convenido premios a la
mayor y mejor producción, las partes se obligan a distribuirlos. Mientras tanto,
abonarán a los trabajadores como suma fija diaria, el monto establecido en la tabla
de premios precedente para cada una de las categorías.
8. Quedan en plena vigencia los acuerdos por productividad celebrados con el
personal en los distintos establecimientos cuyo cumplimiento es de obligación para
las partes.-
ARTICULO 40° - REDONDEO DE IMPORTES
Se conviene que los jornales y premios diarios que figuran en el presente
Convenio Colectivo de Trabajo, se liquiden a partir del 1 de enero de 1992 sin
milésimos, aplicando el siguiente procedimiento: si la liquidación arroja fracciones
de 0.0050 o menos, no se tomarán en cuenta y si las fracciones fueran de 0.0051
o mayores se redondearán a 0,01. -
ARTICULO 41° - COMPENSACIÓN GASTOS COMIDA
Todo operario/a que fuera enviado accidentalmente a realizar trabajos fuera del
establecimiento, percibirá una compensación no remunerativa de =A= 20.822
diarios en concepto de pago de comida, cuando por razones de distancia no
pueda hacerlo en el lugar de costumbre. Igual compensación tendrá el trabajador
que por orden de la empresa deba realizar trabajos durante el período que
corresponde a su comida y a aquél que supere en más de dos (2) horas la jornada
de trabajo normal y habitual.-
También le serán computadas como trabajadas las horas perdidas en el viaje
hasta el lugar de trabajo y las empleadas en el retorno al establecimiento.
Corresponde esta compensación no remunerativa exclusivamente al personal
interno de talleres y fábricas y se liquidará como mínimo quincenalmente.
El valor del presente artículo se actualizará en la misma proporción y fecha que los
salarios.-
ARTICULO 42 – COMPENSACIÓN A CHÓFERES, CONDUCTORES,
AYUDANTES Y ACOMPAÑANTES
Los choferes, conductores, ayudantes y acompañantes, gozarán de un viático
diario no remunerativo de =A= 20.822 para el almuerzo, cuando el viaje lo
requiera. Los choferes se limitarán al estricto cumplimiento de sus obligaciones,
que son las de conducir el camión, acomodar la carga y acercar la misma a la
parte posterior del camión cuando deba descargarse; las mismas obligaciones
tienen los conductores. En cumplimiento de su deber, los choferes, conductores y
ayudantes, no podrán sobrepasar las 48 horas semanales de trabajo.-
Las empresas concederán al personal aquí involucrado equipo de lluvia a efectos
de guarecerse en los días de lluvia.-
Siempre que los choferes o conductores efectúen cobranzas, las empresas
deberán disponer el recibo del importe de las mismas en el día y hora de oficina,
en caso contrario no podrán responsabilizar a éstos en caso de ocurrirles algún
accidente imprevisto.-
Los choferes que cobran el importe de las facturas o cuentas y recibos de la
mercadería que entreguen en los repartos diarios se le asignará un suplemento no
remunerativo de =A= 9.060 por día, esta bonificación no será otorgada los días
que no efectúen cobranzas en los repartos.-

ARTICULO 43° - CONTRIBUCIÓN SERVICIO MILITAR
Todo operario que deba cumplir el servicio militar y tenga como mínimo un año de
antigüedad en el establecimiento, se hará acreedor a una bonificación mensual no
remunerativa equivalente al 25% del salario de su categoría, mientras dure su
permanencia en las filas. La bonificación correspondiente al último mes, será
retenida por el empleador hasta tanto se reincorpore a sus tareas y le será
abonada a los quince días de reincorporarse a la misma. El operario deberá
probar fehacientemente su incorporación al Servicio Militar.-
Al personal llamado a prestar el servicio militar, que efectúa trámites de excepción
o incorporación, las Empresas le abonarán los salarios caídos por esas gestiones,
previa presentación de los comprobantes respectivos.-
ARTICULO 44° - COMUNICACIÓN CAMBIO DE DOMICILIO
El cambio de domicilio deberá ser denunciado por el trabajador al empleador
dentro de las 48 horas de producido. De esa denuncia se dejará constancia
escrita, de la que el empleador entregará una copia al trabajador. Mientras no se
haya registrado el cambio en forma antedicha, se considerarán válidas las
comunicaciones dirigidas al último domicilio denunciado por el trabajador. El
personal que se encuentre domiciliado fuera del radio de distribución de correos y
telecomunicaciones, convendrá con el empleador la forma de recibir las
comunicaciones postales o telegráficas.-
ARTICULO 45° - LICENCIA POR CAMBIO DE DOMICILIO Y MUDANZA
Se justificará la ausencia de un día y se le abonará el jornal y premios como si
hubiera trabajado, una vez por año a contar desde su último cambio, al operario/a
que deba mudarse de domicilio y que justifique fehacientemente.-
En caso de que en un mismo establecimiento trabajaran dos o más personas de
una misma familia, este beneficio le será otorgado a uno sólo de los miembros.-
ARTICULO 46° - LICENCIA POR DONACIÓN DE SANGRE
Las empresas abonarán la jornada correspondiente como si hubiera trabajado a
todo operario/a, no más de uno por sector, que concurra a dar sangre, previo aviso
y autorización con 24 hs. de anticipación. Deberá presentar el certificado
justificativo correspondiente, salvo casos de urgencia.-
ARTICULO 47° - LICENCIA POR VACACIONES ANUALES
Las vacaciones anuales se otorgarán de acuerdo a la ley 20.744 y se deja
aclarado y convenido que para el cobro de las mismas se pagará a todo el
personal de cada establecimiento con anterioridad al comienzo del goce de las
mismas. Para dicha liquidación se tomarán los jornales correspondientes a los
días de licencia como si hubieran sido trabajados; este método será aplicado para
los trabajadores jornalizados, quincenales y/o mensualizados.-
ARTICULO 48° - LICENCIAS EXTRAORDINARIAS
Se justificará la ausencia y se abonará las jornadas correspondientes como si
hubieran sido trabajadas de:
a) Diez (10) días corridos cuando el operario/a contraiga enlace matrimonial y su
antigüedad en el establecimiento sea inferior a un (1) año.
Quince (15) días corridos cuando el operario/a contraiga enlace matrimonial,
siempre que tenga una antigüedad mínima de un (1) año cumplida en el
establecimiento.
Los beneficiarios están obligados a solicitar la licencia con 15 días de
anticipación y probarlo legalmente.-
b) Tres (3) días corridos por el fallecimiento de cónyuge o de persona con la cual
estuviese unida en aparente matrimonio, padres, hijos o hermanos radicados
en el país, en un todo de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente.-
Un (1) día por fallecimiento de padres políticos. La ausencia deberá ser
justificada dentro de los quince días siguientes de haberse producido.-
c) Dos (2) días corridos por nacimiento de hijo legítimo, el beneficiario presentará
la justificación respectiva.-
d) De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 8.487/45, los menores
celebrarán el “ Día del Aprendiz” el 3 de junio de cada año. Los
establecimientos deberán dar asueto pago dicho día a su personal de
aprendices menores. Los que deban trabajar en dicho día percibirán su jornal
incrementado en una suma igual.-
e) Dos (2) días corridos por examen con un máximo de 10 días por año
calendario a los que concurran a establecimientos de enseñanza media o
universitaria. El beneficiario presentará la justificación correspondiente.-
ARTICULO 49°- SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO
En caso de fallecimiento del operario/a al servicio de la empresa que tenga como
mínimo un año de antigüedad cumplido, se concederá a los familiares de primer
grado del mismo, un subsidio equivalente a cien (100) jornales y premio de la
categoría que hubiera adquirido, para cuya liquidación se tomarán como si
hubieran sido trabajadas, sin perjuicio de lo que pudiera corresponder por leyes o
decretos en vigencia.-
Asimismo el operario al servicio de la empresa que tenga como mínimo un año de
antigüedad cumplido, recibir un subsidio igual en caso de fallecimiento de hijos o
cónyuge o la persona con la cual estuviese unido en aparente matrimonio, que se
encuentre a su cargo.-
ARTICULO 50° - ESPECIALIDADES NO ESPECIFICADAS
Aquellos establecimientos pertenecientes a Ramas Afines de la Industria del Vidrio
cuyas especialidades no han sido especificadas en la presente Convención
Colectiva, están obligadas provisoriamente a aplicar las disposiciones generales y
los demás beneficios emergentes de la presente convención hasta que se
pronuncie la Comisión Paritaria.-
ARTICULO 51° - COMISION DE ESTUDIO
En virtud de lo establecido en este Convenio, todo el personal involucrado en el
mismo, se compromete a no disminuir la producción normal, ni en cantidad ni en
calidad durante las tratativas de convenios de premios a la mayor y mejor
producción. Se entiende por producción normal la realizada como promedio de los
últimos tres meses inmediatamente anteriores a la iniciación de las tratativas.
Estas tratativas no podrán exceder de los sesenta días hábiles de duración, a
partir de la fecha de iniciación de las mismas ante las respectivas empresas.
Cualquiera de las partes tendrá que solicitar los estudios de premios en forma
escrita. En caso de no existir acuerdo entre las partes, cumplido el plazo de
sesenta días hábiles, las actuaciones iniciadas se girarán a la Comisión de
Estudio, la que deberá expedirse en un plazo no mayor de 15 días hábiles. La
Comisión de Estudio estará compuesta por: tres miembros del Consejo Directivo
del Sindicato del Vidrio y tres miembros de la parte empresaria. Las resoluciones
dictadas por la Comisión de Estudio, serán de aplicación en forma decisiva e
inapelables.-
ARTICULO 52° -- VITRINA DE AVISOS SINDICALES
La representación patronal accede que se coloque dentro del establecimiento una
pizarra o vitrina donde el Sindicato Obrero colocará sus avisos sindicales.-
ARTICULO 53° - APORTE ADICIONAL OBRA SOCIAL
Las empresas aportarán el 2% del total de lo liquidado mensualmente en concepto
de jornal y premios por cada trabajador/a incluido en este Convenio Colectivo.-
Dicho aporte se remitirá al S.O.I.V.A. en concepto de aporte adicional obra social,
sin perjuicio de los aportes y contribuciones pre existentes.-
Todo ello de acuerdo al acta del día 17 de Noviembre de 1989, Expediente N°
830.170/88 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.-
ARTICULO 54° - DISPOSICIONES INTERNAS
Se deja perfectamente aclarado que este Convenio Colectivo no afectará las
disposiciones contractuales y/o legales que rigen en los distintos establecimientos
de la Industria del Vidrio y sus Afines, con excepción de lo referente al monto con
que se incrementarán los jornales y premios por producción que debe procederse
en la forma determinada en este Convenio Colectivo, en los rubros respectivos.-
ARTICULO 55° - ENVIOS DE APORTES Y RETENCIONES
A pedido de la representación obrera y como colaboración de los empresarios,
éstos colocarán en lugar visible, copia de la carta con la que quincenal o
mensualmente, según corresponda, envían sus remesas, en cumplimiento de
leyes o convenios, ya sea al Instituto de Servicios Sociales para el Personal de la
Industria del Vidrio y Afines, como así también al Sindicato Obrero de la Industria
del Vidrio y Afines, especificando a que mes corresponde. Igualmente colocarán
el acuse de recibo.-
ARTICULO 56 ° - RETENCION CUOTA SINDICAL
Las empresas retendrán a todo el personal afiliado al SOIVA, el 2% de todo lo
percibido por cada obrero durante la quincena o el mes de trabajo en concepto de
cuota sindical. El importe retenido deberá ser enviado al Sindicato Obrero de la
Industria del Vidrio y Afines dentro de los diez (10) días de efectuarse dicha
retención. El descuento deberá efectuarse a todo el personal afiliado que preste
servicio actualmente o ingresara en el futuro.-
ARTICULO 57° - TRABAJO POR CUENTA DE TERCEROS
Las empresas que alquilen sus instalaciones para elaborar vidrio y/o faciliten vidrio
para ser elaborado por cuenta de terceros, dentro del establecimiento, deberán
exigir se cumpla con las leyes obreras y de previsión social en todo el país, así
como también las obligaciones emergentes de este convenio. Las empresas se
constituyen responsables del fiel cumplimiento de la legislación vigente, para con
el personal ocupado en función de esta modalidad.-
ARTICULO 58° - CAPACITACION Y ENTRENAMIENTO
Las empresas propenderán a la realización de programas de formación
profesional en las especialidades de la industria. A tal fin, se dictarán cursos
teórico – prácticos para capacitar técnicamente a los trabajadores, como así
también elevar el nivel de productividad a través del estímulo de la enseñanza,
entrenamiento o reentrenamiento del personal de conformidad con los avances
técnicos de la actividad. Todos los trabajadores por orden de antigüedad tendrán
opción a ser capacitados de acuerdo a sus aptitudes y conocimientos para la tarea
de que se trate debiendo asistir a los cursos que se dictaran y prestar la mayor
colaboración a los fines propuestos. Las horas que demande la capacitación serán
abonadas de acuerdo al jornal y premios de su categoría en forma simple. De la
misma manera se procederá cuando los cursos se dictaren fuera del horario
habitual de trabajo. Asimismo las partes podrán convenir algún tipo de
capacitación profesional adicional al tipo de tarea que se realice, la cual podrá
efectuarse fuera del horario de trabajo, a cargo del empleador y sin el pago de
salarios.-
ARTICULO 59° - BONIFICACIONES POR JORNADA NOCTURNA
El personal que deba trabajar entre las 21 horas y las 6 horas del día siguiente,
percibirá las horas efectivamente trabajadas entre dichos horarios, con un 20% de
bonificación horaria sobre su jornal y premios.-
ARTICULO 60° - LEYES LABORALES Y DE PREVISIÓN SOCIAL
En todos los casos no previstos por esta Convención Colectiva serán de aplicación
las leyes en vigencia que legislan sobre el trabajo y previsión social, las que
ambas partes se obligan a su fiel cumplimiento.-
ARTICULO 61° - COMISION PARITARIA
Las divergencias relacionadas con la aplicación e interpretación de las
disposiciones acordadas que puedan ser resueltas directamente entre las
comisiones de reclamos y la patronal respectiva, serán sometidas a una
Comisión Paritaria, constituida por tres representantes de cada parte e igual
número de suplentes, que se reunirán cuando lo soliciten cualquiera de las partes
en el Ministerio de Trabajo, la que funcionará presidida por un funcionario
designado por éste.-
ARTICULO 62° - ACTUALIZACION DE LOS VALORES ESTABLECIDOS POR
LOS ARTICULOS 41° Y 42°
Los importes establecidos en los artículos 41° y 42° se aumentarán con los
mismos porcentajes con que se modifiquen las remuneraciones de la industria, en
virtud de lo dispuesto por futuras Convenciones Colectivas, Leyes o Decretos
emanados del Gobierno Nacional. En los casos en que se establezcan aumentos
de importes fijos, el porcentaje de aumento a aplicar será el mismo que el que
represente dicho importe para la CATEGORÍA N°1 del personal mayor.-
ARTICULO 63° - DESCANSO DIARIO PAGO
Cada operario/a tendrá ½ hora de descanso pago, dentro de su horario de trabajo,
sea su jornada laboral de 6 (seis) horas u 8 (ocho) horas diarias, indistintamente.
Entendiéndose por jornada laboral el tiempo en el que el trabajador debe
desempeñar sus tareas en el lugar de trabajo asignado y en la jornada de labor
completa indicada, debiendo por ello encontrarse listo y en condiciones de
trabajar en el momento de inicio establecido y hasta la finalización de la jornada de
trabajo, sin que esto altere los usos y costumbres o convenios internos de cada
establecimiento.-
ARTICULO 64°- DESCANSO SEMANAL PAGO
Las empresas abonarán como bonificación a su personal un (1) día de descanso
por semana, cualquiera fuera su sistema de rotación, turno, norma de trabajo,
diagrama de descanso etc. Para abonar dicho día se calculará un adicional del
veinte por ciento (20)% del jornal y premios de los días efectivamente trabajados,
cualquiera fuera la forma de pago, quincenal o mensual.-
Dicho adicional, que se aplicará a partir de la vigencia del presente Convenio
Colectivo, es la resultante de unificar criterios de pago en los distintos
establecimientos del ramo.-
ARTICULO 65°- SUSPENSIÓN POR FALTA DE TAREAS
En el caso en que los empleadores apliquen a su personal suspensiones por
razones económicas en los términos previstos por los Arts. 218 y concordantes
de la Ley de Contrato de Trabajo, dichos empleadores abonarán al personal
afectado, que se notifique y consienta expresamente las medidas, una
compensación especial consistente en un subsidio no remunerativo equivalente al
sesenta por siento (60) % del total del jornal y premios.
El carácter de emergencia y no remunerativo del subsidio deriva de que el
personal no trabajará efectivamente ni pondrá a disposición de su empleador su
fuerza de trabajo, constituyendo estos pagos sólo una reparación por los perjuicios
que puedan ocasionarles las medidas que se dispongan y queden consentidas;
por lo tanto no sufrirá contribución ni aporte de ningún tipo.
Los acuerdos particulares que sean más beneficiosos para el trabajador
mantendrán su vigencia.
ARTICULO 66° - VALORES DIARIOS DE PREMIOS
Los valores diarios de premios a la mayor y mejor producción establecidos por
este Convenio son mínimos y los percibirá el trabajador por una jornada completa
de labor. A su vez, los valores diarios de premios a la mayor y mejor producción
forman parte integral del salario a todos los efectos legales convencionales.-
ARTICULO 67° - BENEFICIOS NO REMUNERATIVOS
Los beneficios acordados en los Art. 24°, Art. 25°, Art. 33°, Art. 41° , Art. 42°, Art.
43°, Art. 49° y Art. 65° del presente convenio colectivo tienen carácter de no
remunerativos y por lo tanto no sufrirán contribución ni aporte de ningún tipo.
ARTICULO 68°- ORGANISMO DE APLICACIÓN Y VIGILANCIA
El Ministerio de Trabajo será el organismo de aplicación y vigilará el cumplimiento
del presente convenio quedando sus partes obligadas a la estricta observancia de
las condiciones fijadas precedentemente.-
ARTICULO 69°- HOMOLOGACIÓN
Las partes de común acuerdo solicitan que la presente Convención Colectiva de
Trabajo, sea homologada y registrada en el Ministerio de Trabajo.-
En prueba de todo ello, previa lectura y ratificación se firma el presente, quedando
archivada para constancia en su expediente de origen de conformidad.-
EXPEDIENTE N°883.445/90
BUENOS AIRES, 29 de noviembre de 1991
VISTO la Convención Colectiva de Trabajo celebrada entre el “SINDICATO
OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL VIDRIO Y AFINES” con la “CAMARA DE
FABRICANTES DE VIDRIO”; “UNION DE INDUSTRIALES DEL VIDRIO DE LA
REPUBLICA ARGENTINA“: “CAMARA DEL VIDRIO PLANO Y SUS
MANUFACTURAS”; “CAMARA ARGENTINA DE INDUSTRIAS OPTICAS“ Y
“CAMARA INDUSTRIAL DEL VIDRIO A SOPLETE”, con ámbito de aplicación
establecida respecto del personal obrero de la Industria del Vidrio y Afines de todo
el Territorio de la República Argentina, con término de vigencia a partir de la fecha
de su homologación y hasta el 31 de Marzo del año 1993, inclusive, y ajustándose
la misma a las determinaciones de la Ley n° 14.250(texto ordenado Decreto n°
108/88) y su Decreto Reglamentario n° 199/88, el suscripto, en su carácter de
Director de la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO,
homologa dicha Convención, conforme a lo autorizado por el artículo 10° del
Decreto n° 200/88.
Por lo tanto, pase a la División Normas Laborales y Registro General de
Convenciones Colectivas y Laudos, a los efectos del registro del Convenio
Colectivo obrante a fojas 38/154 y ratificado a fojas 155 y a fin de proveer la
remisión de copia debidamente autenticada del mismo al DEPARTAMENTO
PUBLICACIONES Y BIBLIOTECA para disponerse la publicación de su texto
íntegro (decreto 199/88. Art.4°)
Fecho, remítase copia autenticada de la parte pertinente de estas actuaciones a la
DIRECCION NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES para que tome
conocimiento en lo que a su competencia le corresponde, respecto a las cláusulas
de aportes y contribuciones, a fin que pueda ejercer el control pertinente (Art. 9°,
38°y 58° de la Ley 23.551 y arts 4° Y 24° del Decreto n° 467/88).
Cumplido, pase al DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORALES N°1, para
su notificación a las partes interesadas, girándose luego al DEPARTAMENTO
COORDINACÓN , para el depósito del presente legajo.-
JUAN ALBERTO PASTORINO
DIRECTOR NACIONAL RELACIONES DEL TRABAJO
De conformidad con lo precedentemente ordenado, se ha tomado razón de la
Convención Colectiva de Trabajo obrante a fojas 38/154, quedando registrada
bajo el n° 180/91. –
SIMON MIMICA
JEFE DEPARTAMENTO COORDINACION