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Legislación / Textos /Ley 24.571


Ley 24.571 - Religión Judía

Sancionada: 27/9/1995
Promulgada: 25/10/1995 Decreto 621/95
Publicada Boletín Oficial: 30/10/1995


Declárense días no laborables para todos los habitantes que profesen la religión judía

Artículo 1º - Declarase día no laborable para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión judía los días de año nuevo judío (Rosh Hashana), 2 (dos) días y el Día del Perdón (Iom Kipur), 1 (un) día
.
Artículo 2º - Derogarse todas las medidas que se opongan a esta ley.

Artículo 3º - De forma.